lunes, 16 de febrero de 2009

SOBERANIA-INTERDEPENDENCIA-SEGURIDAD-DEFENSA

I. CONCEPTUALIZACIÓN

SOBERANÍA

Soberanía es la autoridad suprema ejercida sin control, en consecuencia al hablar de soberanía nacional queremos decir que es: “la autoridad suprema ejercida por un determinado estado en un ámbito territorial, esa autoridad emana del pueblo que lo habita y posee consuetudinariamente por derecho propio”.
Esto nos conduce al concepto de “jurisdicción” o sea el poder o derecho para juzgar dentro de un territorio determinado que resulta ser el “dominio” de la nación soberana.
La jurisdicción, como nos dice el “Diccionario Hispánico Universal”: implica la autoridad ejercida por el Estado en un territorio determinado por su propia fuerza y por el derecho que lo asiste .
En el mundo primitivo la fuerza fue el supremo motivo para dirimir contiendas jurisdiccionales y este derecho natural ignoró todo límite; prueba de ello es la extendida práctica de la esclavitud de naciones sometidas por otras por la fuerza de las armas, es decir que la diferencia de poder entre el vencedor y el vencido era tan grande que el dominio trascendía lo territorial hasta irrumpir en lo social.
El nacimiento y evolución del derecho ha dado al mundo un ordenamiento jurídico nuevo que, como dice el ya mencionado Diccionario Universal Hispánico, suple las deficiencias del derecho natural y con ello intenta un mundo en el que el ser humano sea beneficiario y receptor de bienestar , justicia , paz , igualdad , libertad y solidaridad .
Las revoluciones, americana, contra el dominio inglés y francesa contra la vigencia del poder absoluto, elevan a las naciones y al hombre a la condición de libertad e igualdad conseguidas por la fuerza de las armas en un ejercicio consciente del derecho
Esto, sin embargo, no fue de vigencia global inmediata y ha debido pasar largo tiempo para que su influencia se extienda a través del mundo.
Hoy el mundo reconoce que la soberanía es potestad de la nación de la que emanan todos los poderes dados al estado, este a través del gobierno de turno los ejerce por delegación con absoluta sujeción al derecho; por lo menos en teoría.
Es importante señalar que hoy, cada vez con más fuerza, el derecho internacional iluminado por los derechos humanos, impone límites a la soberanía de los estados a fin de vigilar el poder de los gobiernos frente a sus gobernados.
La internacionalización del delito común, propiciada por los adelantos del transporte, las comunicaciones y el comercio internacional ha acelerado también la internacionalización del derecho. Es decir que estamos frente a situaciones en las que el derecho común y el internacional tienden a confundirse en la acción de defender la legalidad y buscar la convivencia entre naciones e individuos, en ese accionar está limitando las formas tradicionales de soberanía de los estados. Pinochet y Fujimori fueron detenidos, el primero a consecuencia de la solicitud de extradición de un juez Español, el segundo por la misma acción del Perú ante Chile ambos son casos conspicuos en el que el delito contra la humanidad es perseguido más allá de fronteras jurisdiccionales.

INTERDEPENDENCIA

La globalización es un hecho ineludible y lleva a las naciones hacia la convivencia, si las naciones quieren que esa convivencia sea pacífica deben buscar fórmulas que la hagan posible, el mundo lo ha entendido así y esa voluntad de paz se manifiesta a través de acuerdos y pactos internacionales corporizados en organismos como las Naciones Unidas
En estas asociaciones las altas partes contratantes acuerdan libremente estatutos que reglamentan las relaciones, el telón de fondo es la equidad como garantía y razón suprema de convivencia estable y pacífica. La preeminencia o ventaja de uno sobre otro contratante, por el motivo que sea, genera una forma de injusticia que afectará a individuos tanto como a naciones. Ellos aceptarán la diferencia mientras exista una ventaja o un desequilibrio de fuerza bruta o militar suficiente. Otra forma de injusticia se da cuando gobiernos pusilánimes o interesados en objetivos subalternos aceptan tratos contrarios a la dignidad, el interés o la seguridad de la nación que confió en ellos con lo cual ponen a su representada frente al dilema de desconocer el trato desventajoso, infame o lesivo a la seguridad, o aceptar el asunto como un caso de “hecho consumado”.
Las organizaciones internacionales han nacido con la finalidad de crear un ámbito jurídico supra-estatal de convivencia justa y además constituirse en instancia de dirimencia en reclamaciones y desacuerdos; para la comunidad internacional es de vital importancia que las naciones concurrentes respeten los pactos y acuerdos. Es de absoluta responsabilidad de los representantes de la nación, su gobierno y en última instancia del Congreso que los acuerdos internacionales tengan como base el derecho, la justicia, la legalidad y sobre todo la equidad para que a futuro no constituyan espinas que emponzoñen las relaciones de los contratantes.
Los estados que deciden formar parte de los organismos internacionales aceptan a priori la validez de los estatutos de esas organizaciones y en el ámbito de esos estatutos hacen sesión de expectativas de soberanía en aras de la convivencia pacífica y armónica.
Esta es pues una sutil renuncia de soberanía que hace el estado ante un organismo supra-estatal frente al que los contratantes son interdependientes. De común acuerdo reconocen un espacio de negociación de diferencias y una entidad de dirimencia que basa sus recomendaciones en los estatutos de la asociación previamente aceptados.
Debemos reconocer la gran responsabilidad del estado frente a la nación que representa, así como la de cada uno de los miembros de gobierno que a través de la historia de sus naciones han sido encargados de pactar acuerdos y en esa función, podrían, haber aceptado condiciones de inequidad o injusticia internacional para sus representadas.
Pero también es evidente que el organismo supra-estatal no cumplirá la finalidad para la que fue constituido si se limita a sancionar acuerdos y pactos no equitativos, entre cúpulas estatales, a despecho de los intereses de las naciones.
En consecuencia la interdependencia obliga a las partes contratantes a mutua sesión de expectativas en un marco jurídico previamente aceptado con renuncia a reclamaciones directas y sujeción a la facultad de dirimencia del organismo supra-estatal.
El organismo supra-estatal cumplirá su rol y justificara su vigencia en tanto sea capaz de crear el marco jurídico que dé garantía de equidad y validez a los acuerdos y pactos realizados a su amparo, y ellos permanezcan aun cuando la correlación de fuerzas pueda variar en el tiempo.

SEGURIDAD

El fin supremo de toda asociación es el bienestar de todos sus miembros seria ilógico que los hombres se asociaran para padecer hambre, esclavitud, miseria, ignorancia, temor, enfermedad, injusticia, agresión natural o humana, destrucción o degradación de su hábitat, etc. El ser humano busca lograr rápida y seguramente el bienestar y en esa intención crea el estado cuya organización obedecerá a las necesidades sociales.
Para el logro de su finalidad suprema el estado debe existir, ser intangible y reconocido por los demás estados del orbe en su “derecho soberano” a organizarse de acuerdo a una concepción propia en lo político, social y económico y al uso de sus bienes en plena libertad.
Este derecho implica el libre ejercicio de las siguientes facultades:
1. Libertad en el obrar de acuerdo a motivaciones propias.
2. Independencia de cualquier poder que condicione la existencia del estado en todo o en parte.
3. Integridad del patrimonio espiritual y material de la nación.
Estas tres facultades garantizan la existencia del estado, lo que es condición imprescindible para el logro del bienestar general. Pero lograrlo solo es posible en condición de seguridad y esto conduce a la necesidad de dotar al estado de elementos para enfrentar las amenazas a su libertad de acción.
La libertad de acción y el ejercicio de la soberanía pueden ser coartados por amenazas de diferente índole, en consecuencia el estado tiene la obligación de brindar seguridad, o sea que debe estar en condición de defenderse de los peligros que amenacen su seguridad, cualquiera sea la naturaleza de la amenaza.

DEFENSA

El concepto de defensa nace de la obligación que tiene el estado de brindar seguridad a todos y cada uno de los integrantes de la nación.
Históricamente se ha magnificado los peligros externos respecto de los que amenazan desde el interior, reales fuertes y presentes, en consecuencia postulo que hoy la orgánica del estado debe prepararse contra tres aspectos concretos.
1. Prepararse contra eventos o problemas sorpresivos frente a los que debería estar prevenido (terremotos, epidemias, huracanes, etc)
2. La ignorancia orgánica hace imposible que el estado mejore su infraestructura para orientarla a peligros que como ya hemos dicho, no conoce, pero que periódicamente padece.
3. Reconocimiento de problemas de sobre-población, movilidad social, migración, insuficiencia educativa, científica, tecnológica, productiva, capacidad instalada insuficiente, deficiencia del sistema de transporte, etc.
Los tres aspectos anteriores interactúan y crean peligros nuevos y dinámicos frente a los que el estado y su orgánica deben prepararse.
En el campo político debe entenderse que la defensa es integral, que es la nación la que se defiende como un todo contra las agresiones de cualquier tipo; dar mayor importancia al dominio militar produce tensiones donde debe reinar la armonía. Pensar de otro modo distorsiona el concepto y lleva al error de pensar que los militares son los únicos que tienen la obligación excluyente y la total potestad interdisciplinaria de defender a la nación y al estado.

II. CONTRADICCIONES CONCEPTUALES

SOBERANÍA - INTERDEPENDENCIA

Dentro del marco jurídico de las relaciones internacionales actuales y bajo los procedimientos amparados por la carta de las NN.UU. no existe contradicción puesto que la interdependencia se somete al principio de equidad entre las partes contratantes. Los integrantes de las asociaciones entre estados elaboran cuidadosamente las disposiciones estatutarias a las que voluntariamente se someten y el acceso a las decisiones de la organización están abiertas por igual a todos los contratantes, en consecuencia cada uno de los miembros depende del pacto aceptado y no de otro integrante del pacto.
El espíritu de equidad que es base de todo acuerdo salvaguarda la soberanía dejándola incólume y en consecuencia el estado queda en capacidad de administrar el patrimonio material y espiritual en condición apropiada y leal.
Cualquier pacto que se aparte del concepto de equidad introduce una contradicción insalvable entre la soberanía nacional y el contrato o pacto, lo invalida y convierte en espurio al representante que lo aceptó puesto que ha pactado en contra de los intereses del mandante soberano.
En ese caso tampoco hay contradicción puesto que sería subordinación ante entidad ajena inducida a espaldas de la nación por intereses subalternos o punible incapacidad y en complicidad con un congreso que abdica de su función fiscalizadora. Es menester dejar claro, sin embargo, que el uso internacional y el principio de respeto al pacto suscrito hará casi imposible modificarlo con el consecuente perjuicio, por ello la nación debe ser exigente del cumplimiento de los mecanismos fiscalizadores, e inflexible al juzgar las transgresiones a su soberanía particularmente con quienes desde el interior las propician.

UNA NACIÓN INSEGURA; ¿ES SOBERANA?

La soberanía implica libertad en el obrar, independencia de cualquier poder que condicione el derecho del estado o la integridad del patrimonio espiritual, tecnológico, científico, natural, biótico o material de la nación.
Es obvio por tanto que la inseguridad no constituye por si misma un quiebre de la soberanía pero lo propicia; teniendo en consideración factores históricos y geopolíticos, puede en algunos casos incentivarla.
La conquista del oeste americano es una demostración, la nación india dividida y atrasada cedió irremediablemente ante el expansionismo de la Unión cuyo gobierno fue incapaz de contener el empuje y fuerza de los colonos.
El estado americano debió defender a los colonoc contra la reacción indígena aun a conciencia que los pactos entre el gobierno y las tribus fueron rotos uno después de otro hasta que la frontera americana llegó al Océano Pacífico.
La nación india reducida a reservaciones insignificantes, obligada a leyes ajenas, despojada del derecho a una personalidad propia ante el mundo o de un gobierno reconocido por las demás naciones perdió definitivamente su soberanía y sus territorios.
El caso de la nación india de Norte América es similar al de muchos otros pueblos a lo largo y ancho del nuevo mundo y demuestra que la nación que descuida su seguridad y es incapaz de defenderse está renunciando al libre albedrío y a la personalidad y tarde o temprano será absorbida o destruida.
Hemos dicho ya que la soberanía implica la conservación del patrimonio espiritual, la seguridad por tanto debe planearse contemplando este campo con tanto o mayor cuidado que las otras formas de patrimonio porque el último reducto está en el alma y la mente de las naciones; una nación orgullosa de si misma que cuida, respeta y cultiva su cultura puede vivir sin territorio y a pesar de ello mantenerse soberana como lo prueban judíos, palestinos y gitanos.

LA DEFENSA GARANTIZA LA SOBERANÍA?

Partiendo de que no hay defensa a prueba de todo riesgo debemos aceptar sin embargo que la defensa es la respuesta lógica a la amenaza.
Esto conduce a pensar que la defensa nacional debe planearse para responder apropiadamente a todo aquello que hace peligrar la libertad, la independencia y la integridad.
Aunque la amenaza es de naturaleza múltiple, para su mejor comprensión, puede dividirse en:
· Externa.- cuando una potencia entra en conflicto con nuestros intereses en cualquiera de los campos tradicionales: territorial, económico o político y ello puede conducir hasta el enfrentamiento bélico.
· Interna.- cuando contradicciones sociales, étnicas o económicas producen conflictos que degeneran en enfrentamientos internos en los dominios, político, económico, psicosocial o militar con despliegue de bandas armadas, guerrilla, separatismo, terrorismo o delincuencia común exacerbada y todo ello con influencia desde o hacia el campo internacional.
· No convencional.- cuando por condiciones meteorológicas o telúricas, fragilidad de infraestructura, limitación sanitaria, destrucción ecológica u otros motivos se presentan condiciones de peligro para vida y propiedad de los integrantes de la nación. En algunos casos, por su magnitud, estas condiciones pueden poner en riesgo la independencia y la soberanía de los estados.
En vista de lo dicho el estado debe adecuar su organización de defensa y la asignación y aplicación de fondos presupuestales de modo que haga posible enfrentar la amenaza así descrita. Una adecuada apreciación del valor relativo de las distintas amenazas hará posible la aplicación de los fondos presupuestales en la ecuación mas justa. La sobre o infravaloración de cualquiera de los campos conducirá a mala asignación de recursos o a preparar a la nación contra amenazas improbables dejándola inerme frente a otras más reales e inmediatas.
Es de vital importancia dejar sentado que defensa es un concepto más rico que guerra y en base a ello reconocer la necesidad de adecuar la orgánica de la nación; las necesidades de la defensa obligan a involucrar y adecuar bienes o infraestructura desde tiempo de calma lo que llevará a decisiones sobre calidad, tipo o características de servicio de bienes ajenos al dominio militar. Por ejemplo una línea de transporte puede ser pensada como medio para desarrollar una determinada región o en su defecto para enlazar áreas potencialmente complementarias, planearla con doble perspectiva aumentará su importancia económica y si a ello se adiciona connotaciones geopolíticas y ecológicas quizá aumente el costo pero se habrá hecho útil también en el campo de la defensa con la consecuente afirmación de soberanía.
Por último debo remarcar el concepto que en caso de amenaza es la nación la que se defiende; pensar en otra forma es contrario a la lógica de la defensa pero sobre todo es renunciar al derecho y deber soberano de defender lo propio y entregar la base de la soberanía a guardias pretorianas que tarde o temprano impondrán sus intereses de grupo.

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