sábado, 21 de marzo de 2009

Escudo de Arquímedes - Mar Territorial - Desarme - Defensa




DEDICATORIA

A mis hijos,
a quienes deseo dejar en herencia
un país libre y soberano.
Este trabajo pretende ayudar
al logro de dicho objetivo.












_____________________________________











AGRADECIMENTO
El apoyo desinteresado
y el consejo oportuno
del Dr. Luís Alberto Vílchez L.
son parte importante de este libro.
A él mi personal agradecimiento.

EDITOR Luis Javier Artieda carpio
Calle Mozart 282 - San Borja
Lima Perú

Reservados todos los derechosde reproducción total o parcial, y la traducción

Impreso en el Perú - 1990


EXPOSICION

El Capitán de Navío (R) A.P. Luís J. Artieda Carpio se recibió de A. de F. en la Escuela Naval del Perú el año 1958; desempeñó numerosos cargos durante sus treinta años de servicio a ala Nación.
Es graduado de la Escuela Superior de guerra Naval del Perú y del Centro de Altos Estudios Militares (CAEM). Realizó estudios de Ingeniería de Sistemas en la Universidad de Lima y el curso de Administración de Recursos para la Defensa de la Universidad de Monterrey EE.UU.
El año 1984 inició una fructuosa vida civil dedicada al estudio de las relaciones humanas entre civiles y militares y la influencia que esto produce en la nacional.
Los temas de Frontera Marítima y Mar territorial han cautivado la atención del autor desde tiempo atrás y han sido motivo de algunos trabajos e informes hechos durante su vida de Oficial de Marina de Guerra.
El presente trabajo es el primer intento de consolidación de una línea de pensamiento que integre los diferentes enfoques y problemas que afectan a nuestro mar frente a un mundo cada vez más cercano y necesitado.
El enorme desarrollo de las grandes potencias y las urgencias de la masificación humana proyectan sombras dramáticas sobre los posibles espacios de expansión y los bienes que en ellos se encuentran, nuestro mar es uno de esos espacios y tenemos la obligación de descubrirlo, estudiarlo, desarrollarlo, defenderlo y entregarlo a nuestros hijos.
Ese es el espíritu que guía el libro; es una expresión de lealtad con la Nación que (aunque crítica en algunos pasajes) está sustentada por un afán de sano nacionalismo.
En los albores del siglo XXI existen naciones que no han logrado definir una política internacional coherente; las presiones de las llamadas grandes potencias, el poder de naciones vecinas con intereses y finalidades competitivos y, muchas veces adversos, la fuerza de elites de poder internas, condicionan su soberanía.
A estos elementos hay que adicionar la influencia del medio físico que en el Perú llega a tener un poder muy grande y permanente; esta última característica conduce a no valorar consistentemente su influencia aceptándolo como una forma de sino ineludible, de entorno fatal contra el que nada puede hacerse.
Los problemas que esboza este libro son un conglomerado difícil de identificar. Sin embargo, es necesario entender que existen áreas de acción a través de las cuales se puede aportar elementos de solución.
El primer objetivo de este trabajo es poner en evidencia y difundir algunos problemas para hacerlos conocidos y de esa manera obligar al Estado a la búsqueda de soluciones.
En segunda instancia, buscamos resaltar como hecho indiscutible la relación del hombre con su entorno. En el Perú esta relación la intuimos absolutamente condicionante y postulamos que debe ser estudiada en diferentes perspectivas, sea mediante la moderna tendencia ECOLOGICA para lograr la adecuación del hombre a su medio de por sí frágil, como desde el punto de vista de la DEFENSA CIVIL, para permitirle el mínimo de seguridad de vida en un medio físico tan agresivo.
Pero la misión más importante de este trabajo es tocar el Mar Peruano de las 200 millas como un bien patrimonial de nuestros hijos, entender que existe una relación unívoca entre ese mar rico y frágil y nuestra costa pobre y desértica.
En esta óptica es congruente defender nuestro legado más preciado de ataques a la propiedad como el postulado por la llamada CONVENCION DEL MAR que pretende ignorar derechos indiscutibles, pero sobre todo inalienables para trocarlos por ilusiones pirotécnicas de riquezas ignotas en el lejano ALTA MAR.
Reivindicado el derecho natural y jurídico sobre nuestro mar, es así mismo nuestra intención exponer un punto de vista claro y diáfano sobre la real dimensión de ese mar.
La señera intervención del insigne ex Presidente de la República Dr. José Luís Bustamante Y Rivero, lo definió como:
“... el mar adyacente a las costas del territorio peruano en una zona comprendida entre esas costas y una línea imaginaria “PARALELA” a ellas y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas (200) millas marinas”.
Esta declaración constituye mandato imperativo en tanto y cuanto ha sido refrendada plenamente en los artículos 97, 98 y 99 de la Constitución de 1979.
Sucesivos errores de interpretación por parte de nuestra Cancillería aprovechados por el servicio diplomático chileno han devenido en la lesión del derecho del Perú y el recorte de una sustantiva área del mar territorial peruano en beneficio de Chile y Ecuador.
Este problema y el inicio de solución son asimismo planteados más adelante.
El desarme es un tema de vital importancia. No es aceptable que el sistema de defensa sea más caro que aquello que se desea defender y que sea el pueblo quien cargue con la responsabilidad de pagar sistemas mal planeados y peor ejecutados que se han demostrado ineficaces frente al terrorismo y ajenos a la realidad política, estratégica y geopolítica de la Nación.
Es pavoroso constatar la realidad del gasto militar desconectado del concepto de desarrollo, con fuerzas armadas ajenas a los fenómenos de retraso educativo, vulnerabilidad sanitaria, paralización productiva e insuficiente infraestructura. Luego de diez años de subversión es justo evaluar, como NACION, el valor real del aparato militar sin aceptar el facilismo de que todo lo castrense es SECRETO MILITAR.
Se impone el Desarme Convencional, la revisión de la Doctrina de Defensa, la nacionalización de la Fuerza Armada en el sentido de apartarla del anacronismo legal y excluyente que es el FUERO MILITAR.
Se requiere imponer la transparencia en el viejo uso de mantener en el limbo legal y administrativo las cuentas de la F. A.
Consideramos:
· que la guerra moderna y la necesidad de defender nuestro mar configuran una realidad nueva,
· que nuestro Mar Territorial es un todo con el litoral desde el punto de vista de la defensa.
Postulamos en consecuencia que la cordillera occidental de nuestra sierra andina y el mar de 200 millas deben incluirse en un todo para optimizar los sistemas de:
· control de pesca y tráfico marítimo,
· vigilancia del contrabando vía marítima, y
· la defensa del litoral;
Esta concepción dará una nueva visión orgánica, hará comprensible la filosofía de soberanía y hará diáfano el derecho del Perú a la defensa de “nuestro” territorio frente a amenazas externas e internas. A esta nueva concepción marítima está dirigido el “ESCUDO DE ARQUIMEDES” planteado y estudiado a través del “PROYECTO EUREKA”.
El Proyecto EUREKA fue propuesto a CONCYTEC en diciembre de 1989. Este organismo lo aprobó y apoyó con un presupuesto que hizo posible su ejecución en la primera parte.
El estudio fue sustentado ante el Consejo Nacional de Defensa, y aunque no parece haber sido asumido por el Ministerio de Defensa, considero que los acontecimientos de noviembre de 1990, al norte de Lima, hicieron evidente que las apreciaciones de inteligencia respecto a la situación de vacío de poder y retiro del Estado en vastas áreas de la cordillera occidental, hechas en nuestro trabajo, fueron reales.
Reiteramos que este libro pretende, como se dijo, presentar integradamente los temas esbozados con la intención de aportar a su conocimiento, pero sobre todo para plantear algunos puntos de vista y algunas soluciones en el renovado esfuerzo de hacer patria.


EXPOSICION ACTUALIZADA - 2009


En su calidad de pionero de este sustancial tema, y al cabo de más de 19 años de la primera edición de este libro, y a pocos días de la primera sesión de la Corte Internacional de la Haya que ventilará la demanda del Perú contra Chile en referencia al Mar Territorial, el autor Luís Javier Artieda Carpio C. de N. AP (r) cree su derecho y deber plantear una vez más su posición ante los hechos que enumera a continuación:
· variación sustancial de la posición geopolítica del Gobierno del Perú frente al tema de la Frontera Marítima con Chile,
· cambio en la concepción actual del Perú respecto de la “Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar”,
· la decisión del Gobierno orientada a llevar el diferendo limítrofe a la Corte Internacional de La Haya (acción planteada y recomendada con claridad, por primera vez en el Perú, por el autor en la primera edición de este libro en 1990, cuando nuestra Cancillería y hasta los organismos de defensa responsables del área marítima defendían la posición opuesta),
· la aparición de entidades y personas que apoyan la coyuntura de reivindicación actual, pero desde diversos puntos de vista,
· el intento de algunos organismos oficiales de presentar el tema “Convención del Mar” como previo y conveniente respecto del de “Frontera Marítima”;
A diferencia de la primera publicación, esta será a través de esta página WEB, pero también gratuita como otra forma de renovar el esfuerzo por hacer patria.
El primer hecho que surge es bochornoso y antinacional, el Capítulo III del libro fue entregado a la Biblioteca Nacional por el Instituto Peruano de Estudios Antárticos (órgano de estudios geopolíticos de la Universidad Nacional Federico Villarreal) que lo reprodujo por haber encontrado en él conceptos valiosos dignos de difundir, la entrega a la Biblioteca se hizo siguiendo el protocolo de esa entidad nacional y figura en su archivo con el código C – 342 53 – A78 – 1996.
Al buscar por el Internet la ficha de inscripción del ya mentado Capítulo III “Consideraciones sobre Problemas Derivados de la Extensión de Mar Territorial hasta las 200 Millas Marinas” se lee con claridad que esa publicación está “DISPONIBLE PARA INVESTIGADORES”, en otras palabras restringida a la condición de “inconveniente para la mayoría de Peruanos”. ¿Que intereses quisieron impedir que la mayoría de Peruanos conociera un tema nacional de tamaño valor?, quien detrás de la decisión ocultista de la Biblioteca ¿Fujimori, que siendo Presidente-Dictador quiso pactar con Chile y con Ecuador sin trabas ni dificultades?

REPRODUCCION DE LA FICHA
Autor: Artieda Carpio, Luís JavierTítulo: Consideraciones sobre problemas derivados de la extensión del mar territorial hasta las 200 millas marinasPublicación: Lima : Instituto Peruano de Estudios Antárticos, 1996Código: C342.53-A78-1996Sala: Disponible para investigadores

Por este sistema la señera contribución de Luís Javier Artieda Carpio a la recuperación de las “200 Millas de Mar Territorial” fue ignorada y seguramente será adjudicada oficialmente a cualquier otro con menos participación, o quizá a alguien que en su momento se opuso. Al autor no le importa, lo único valioso es que hoy, por fin, el Perú es ya conciente de ese derecho y lo está reclamando; ese fue su único interés y motivo.
El autor agrega que entregó también seis ejemplares originales de su obra a la Biblioteca Nacional, pero han desaparecido. No existe huella y solo figura el ya mencionado Capítulo III.
______________________________________________________
Hacia el año 2001 el autor, que ya vivía en USA, recibió con sorpresa un mensaje del Dr. Ato del Avellanal, abogado internacional con oficina en la Limeñísima Plaza San Martín, preguntando la dimensión del Mar Territorial Peruano; con ese motivo se inició la siguiente correspondencia.

martes 19/06/2001 13:58
Muy estimado don Luis Artieda:
Quisiera rogarle que se sirva indicarme a cuántos Km2 equivalen las 200 millas del dominio marítimo peruano.
Muy atentamente,
Ato del Avellanal

From: Luis Javier Artieda Carpio
To: LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANAL
Sent: Tuesday, June 19, 2001 10:25 PM
Subject: Re: Km2_del_dominio_marítimo

Muy estimado don Ato del Avellanal, agradezco profundamente su comunicación y le informo que estoy preparando la respuesta que enviaré lo antes posible. En tanto apreciaría despejar mi curiosidad sobre como ha llegado Ud. al conocimiento de que estoy en condiciones de opinar sobre tema tan poco conocido.Muy atentamente.Luís Javier Artieda

De:
Law Offices of Dr. Ato del Avellanmal Añadir a Libreta de contactos
Para:
"Luís Javier Artieda Carpio"
Asunto:
Re: Km2 del dominio marítimo
Fecha:
Wed, 20 Jun 2001 18:04:41 -0500
Muy estimado don Luís Javier Artieda:Muchas gracias por su mail.
Me permití escribirle por cuanto que usted es el autor de "Consideraciones sobre problemas derivados de la extensión del mar territorial hasta las 200 millas marinas."
Quedando a la espera de su información aprovecho de la oportunidad para saludarlo,
muy atentamente,
Ato del Avellanal.
----- Original Message -----
---- Original Message -----
From: Luis Javier Artieda Carpio
To: LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANAL
Sent: Friday, June 22, 2001 12:30 AM
Subject: Re:_Km2_del_dominio_marítimo

Muy estimado Don Ato del Avellanal, tal como está en la mente de ambos, el tema del mar territorial es una de esas sorprendentes cosas del Perú, de la que todos hablan pero pocos conocen. La respuesta que Ud. pide debe ser enfocada de varios ángulos para ser completa, por ello le envió 5 párrafos que tocan diversos puntos del tema.En el Ministerio de Relaciones Exteriores se ha hecho común negar validez al uso del término "Mar Territorial", se aduce que la Convención del Mar de la ONU da ese nombre al mar de 12 millas que dicha organización reconoce. En ese sentido los de RR.EE. insisten en usar el término "Zona Económica Exclusiva" para referirse al mar de 200 millas, con lo cual desestabilizan la posición jurídica peruana que no ha Ratificado su firma de la convención. En resumen DonAto que el Perú no tiene una posición internacional clara sobre este tema. En relación con su pregunta específica. 1.- El área del Mar Peruano de 200 Millas es la correspondiente a un rectángulo de forma irregular con cerca de 2,345 Km. de largo por 370.4 Km. de ancho, esto hace que el área resultante sea cercana a los 870,000 Km2.2.- La irregularidad del litoral con forma general CONVEXA aumenta esa área en un 2% a 5% debido principalmente a las inflexiones en ICA (Península de Paracas) y al sur de Piura (Punta Aguja).3.- Hay una notable disminución de esa área por la forma cóncava del litoral en la frontera con Chile, pero especialmente por la forma inequitativa y antinacional con la que actuaron sucesivosnegociadores peruanos, asunto que termina con la cesión de mas de 57,000 Km2 ricos en pesca a Chile.4.- Hay una notable disminución de área marítima en la frontera con el Ecuador de más de 12,000 Km2 sumados a 2,600 Km2 de "aguas interiores" del Golfo de Guayaquil ricas en petróleo y gas, esto deja a nuestro Departamento Tumbes sin aguas territoriales.5.- Las dimensiones que le he dado, Don Ato, son empíricas e inexactas debido a que:a) El Estado Peruano a través del órgano responsable, la "Marina de Guerra del Perú" y su repartición ad-hoc la "Dirección General de Hidrografía" no ha hecho la medición correspondiente debido a que.....b) El Estado Peruano no ha establecido la "Ley de Líneas de Base" que manda la constitución, lo que hace imposible dar inicio al proceso burocrático correspondiente porque.....c) Ningún Presidente, Congreso, Ministro responsable de área o Chancillería a dado importancia a este banal asunto.CONCLUSION.- En conclusión Don Ato del Avellanal, el MAR PERUANO DE 200 MILLAS MARINAS DE ANCHO que decretó el preclaro jurisconsulto Dr, Don José Luís Bustamante y Rivero no ha nacido, no existe legalmente, es una ilusión de algunos que no entendimos nunca que el Perú Oficial no tiene y no le importa tener una POLITICA MARITIMA SERIA.NOTA.- 1 milla marina = 1852 mts. 200 millas marinas = 370.4 Km.En relación con mi personal intervención en este asunto puedo decir que he expuesto mi punto de vista en diversos foros y he escrito sobre el tema, entre otras cosas, lo siguiente:-La Frontera Marítima entre el Perú y Chile. 1982-Problemas derivados de la mediterraneidad de Bolivia.12-1-1985-Las 200 Millas de Mar Territorial y su defensa.1988-La Cancillería y un grave error (La República 25/10/88)-En defensa del Mar del Perú (La República)-Consideraciones sobre problemas derivados de la extensión del Mar Territorial hasta las 200 millas marinas. Enero 1990-Impacto del desarme sub-regional en la cuenca del Pacífico. Marzo 1989-Proyecto Eureka. Noviembre 1989.Estoy conciente, Don Ato, que no ha recibido Ud. la respuesta concreta que esperaba, sin embargo abrigo la esperanza de haber ayudado en algo a ampliar su panorama, si así fuera estaré satisfecho. Me despido cordialmente, no sin antes ofrecer a Ud. mi colaboración en caso sea necesaria.Luís Javier Artieda

De:
"LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANAL" Añadir a Libreta de contactos
Para:
"Luís Javier Artieda Carpio"
Asunto:
Re: Re:_Km2_del_dominio_marítimo
Fecha:
Fri, 22 Jun 2001 01:56:34 -0500
Muy estimado don Luís Javier Artieda:
Le quedo sumamente reconocido por su tan valiosa información. Es verdaderamente increíble que prácticamente ningún peruano sabe cuál es el tamaño del Perú. Su excepción confirma la regla. Aparte de usted hay un trabajo de 1977, escrito por Faura Gaig, que usted sin duda conoce, y que habla de algo así como de 877,000 Km2. No tengo a la mano el texto, pero sin duda que usted lo conoce. El otro trabajo es del Dr. Ezequiel Ramírez Novoa que sólo llega a algo así como 672,000 Km2, que es lo que escribió también Enrique García Sayán.
Ni en la Marina de Guerra, ni en el Instituto Geográfico Nacional, ni en el Ministerio de Relaciones Exteriores le dan razón acerca de los Km2 que ocupa el dominio marítimo...!!!
Los que han escrito sobre el tema se limitan a hablar de 200 millas a secas y desconocen cuántos Km2 son.
Por si usted no lo sabe, su trabajo "Consideraciones sobre problemas derivados de la extensión del mar territorial hasta las 200 millas marinas." es una lectura casi prohibida en la Biblioteca Nacional del Perú, ya que NO está disponible para ser leído por cualquier persona. En efecto, lo han colocado en un sector "exclusivo para investigadores". En consecuencia, para poderlo leer exigen una serie de trámites previos e incluso una "entrevista personal". Además quien quiera leerlo debe ser presentado por una Institución, etc., etc.
Usted mismo puede comprobarlo, sin indicar que usted es el autor.
Los escolares leen en sus libros que el Perú sólo mide 1 285 215,60 km2, cuando lo correcto es 2'155,215.60 Km2, atendiendo que el art. 54 de la Constitución señala que
"El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre.
El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley.
En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.
El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado."
Le quedaría muy agradecido si me pudiera indicar dónde podría leer los cálculos que usted efectúa para llegar a los 870,000 Km2.
Muy atentamente,
Ato del Avellanal
From: Luis Javier Artieda Carpio
To: LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANAL
Sent: Friday, June 22, 2001 9:32 PM
Subject: Re:_Re:_Km2_del_dominio_marítimo

Mi muy estimado Don Ato del Avellanal, empieza Ud. con una frase de reconocimiento y debo decirle que el reconocido soy yo, su interés en el tema ha sido para mi como un bálsamo en herida abierta al cabo de inútiles casi tres décadas de conferencias y escritos al vacío, gracias Don Ato.Los cálculos que me pide son, en mi caso, míos y muy simples. La casi coincidencia con el Almirante Faura se debe sin duda a que ambos estudiamos en la Escuela Naval del Perú y entendemos que la distancia constante de 200 millas define un lugar geográfico diferente alque se define midiendo la distancia de 200 millas sobre la línea de los paralelos geográficos en cada punto del litoral, tal como creo demostrar en los párrafos C, D y siguientes de mi trabajo"Consideraciones sobre ......." Si busca una razón para las cifras diversas de los Drs. Ezequiel Ramírez Novoa y Enrique García Sayán, quizá ella se encuentre en el supuesto que ellossiguieron al pie de la letra lo dicho en el decreto de Bustamante al hacer sus cálculos.El que mi trabajo esté casi proscrito se debe sin duda al hecho que RR.EE. no quiere, ni quiso discutir el punto cuando les fue planteado por "La comisión Patriótica para la Defensa del Mar de Grau" que presidía el Dr. Augusto Vargas Prada y que tengo el honor de integrar.En la actualidad y por razones personales y familiares vivo en EE.UU. y ello me impide el gusto de conocerlo personalmente, sin embargo el internet salva en alguna medida esa limitación y me permite reiterar a Ud. mi oferta de colaboración.Lo saludo cordialmente.Luís Javier Artieda

De:
"LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANAL" Añadir a Libreta de contactos
Para:
"Luís Javier Artieda Carpio"
Asunto:
Re: Re:_Re:_Km2_del_dominio_marítimo
Fecha:
Sat, 23 Jun 2001 18:13:58 -0500
Muy estimado don Luís Javier Artieda:Nuevamente mi más profundo agradecimiento por su mail.
Lamentablemente no he tenido acceso a su trabajo "Consideraciones sobre problemas derivados de la extensión del mar territorial hasta las 200 millas marinas", debido a las dificultades que al respecto crea la Biblioteca Nacional. Le quedaría muy agradecido si me pudiera indicar dónde puedo comprar un ejemplar.
De la misma manera quisiera que me indicara en cuál de sus trabajos trata en forma específica acerca del área en Km2 que ocupa el dominio marítimo del Perú.
El almirante Guillermo Faura Gaig en la Pág. 185 de su obra "El mar peruano y sus límites", publicada en 1977, afirma lo siguiente:
"La extensión del Mar Peruano en el Océano Pacífico, medida frente a sus costas, nos da 247,151 millas cuadradas aproximadamente (847,727.93 Km2), que sumadas con el espacio triangular omitido, 8560 millas cuadradas aproximadamente (29,360.80 Km2) obtenemos un total de 255,711 millas cuadradas (877,088.73 Km2)..."
Tengo la impresión de que no quiere decir que las referidas millas cuadradas sean aproximadas, sino que desea expresar más bien que equivalen aproximadamente a la cantidad de Km2 que indica.
De serle posible, le rogaría que me indicara los cálculos que usted ejecutara para concluir en que el dominio marítimo del Perú es cercano a los 870,000 Km2.
Muy cordialmente,
Ato del Avellanal.

----- Original Message -----
From: Luis Javier Artieda Carpio
To: LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANAL
Sent: Saturday, June 23, 2001 11:01 PM
Subject: Re:_Re:_Re:_Km2_del_dominio_marítimo
Mi estimado Don Ato del Avellanal, los cálculos para mi definición de la dimensión fueron un trabajo de gabinete que usé como base para mi libro "Escudo de Arquímedes - Mar Territorial - Desarme - Defensa" publicado en un tiraje cortísimo (1200 ejemplares),distribuido no vendido y lamentablemente agotado al extremo que hoy me queda un solo ejemplar. Este libro prologado por el Dr. Ernesto Velit Granda tuvo 5 capítulos que son los siguientes:1- Evolución geológica.2- La Convención del mar Vs. las 200 millas de Mar Territorial.3- Consideraciones sobre problemas derivados de la extensión del Mar Territorial hasta las 200 millas marinas. ( este capítulo fue reproducido por la Facultad de Ingeniería Geográfica de la Universidad Federico Villarreal por especial interés del Dr. Luis Alberto Vilchez Lara. Para lograrlo se contó con apoyo de la Federación de Pescadores del Perú, (presidida en ese momento por el Sr. Juan Cervantes)4- Impacto del desarme subregional en la cuenca del Pacífico.5- El "Escudo de Arquímedes" un sistema de defensa integral del Mar Territorial de 200 millas, el litoral y la cordillera Occidental.Insisto Don Ato que la dimensión que Ud, pide es imposible sin antes fijar primero la política del Perú al respecto y segundo establecer la ley de líneas de base que manda la constitución. Me explico: entre los diversos trabajos que he presentado inútilmente hay un proyecto de la famosa ley que propone definir como aguas interiores las existentes entre una línea recta que una la península de Paracas (Ica) y Punta Aguja (Piura) y tierra, enforma similar en el litoral de Arequipa Moquegua y Tacna, esta propuesta se basa en el hecho ineludible que "solo los buques que tengan como destino algún puerto de ese litoral tiene motivo válido para transitar esas aguas" en consecuencia esas aguas tienen característica de interiores a pesar de todas las definiciones y limitaciones que interponga la "Convención del Mar de las Naciones Unidas".Al definir de esa forma su mar territorial, el Perú, no lesiona ningún interés porque nuestro vecino frontero es Australia a demasiada distancia para verse afectado.Como es fácil ver Don Ato esta definición tira por tierra cualquier cálculo previo en varios miles de kilómetros cuadrados.Sin embargo y en atención a su interés haré llegar a Ud. un croquis y cálculos de sustento si tiene a bien enviarme la dirección a donde pueda remitirlos.Atentamente.Luis Javier Artieda
Domingo 24/06/2001 9:28
ESTUDIO JURIDICO
ATO DEL AVELLANAL LAW OFFICES
Internet:
Muy estimado don Luis Javier Artieda:Nuevamente muchísimas gracias por su mail.
Le estoy adjuntando mi dirección con la finalidad de que usted tenga la amabilidad de remitirme un croquis y cálculos de sustento.
Quedando a la espera de sus noticias aprovecho de esta oportunidad para saludarlo,
muy atentamente,
Ato del Avellanal.

avier Artieda Carpio
To: LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANAL
Sent: Saturday, June 30, 2001 6:39 PM
Subject: Croquis y copia capítulos libro

Mi muy estimado Don Ato del Avellanal, con algo de retrazo estoy dando contestación a su último e-mail.Le informo que este lunes 2 de Julio despacho por correo lo siguiente:a)-Tres planos con el diseño y dimensiones del Mar Territorial desde tres enfoques diferentes.b)-Copia de los capítulos 2 (La Convención del mar Vs. las 200 millas de mar territorial) y 3 (Consideraciones sobre problemas derivados de la extensión del mar territorial hasta las 200 millas marinas) de mi libro "Escudo de Arquímedes –Mar territorial - Desarme - Defensa". c)-Los correspondientes apéndices del libro.Don Ato como comprenderá no tengo a la mano los cálculos originales y tampoco los mapas del Instituto Geográfico Militar del Perú que me sirvieron para hacer los cálculos originales, en consecuencia he debido usar de un Atlas de la Biblioteca más cercana.Debo decirle Don Ato que estoy realmente feliz del resultado, la similitud en las cifras es evidente.Al revisar los cálculos según el punto de vista de Enrique García Sayan y Ezequiel Ramírez Novoa encuentro (también) cifras tan cercanas que me ratifican en la idea de que ellos hicieron los cálculos basándose en el diseño del mar territorial medido sobre los paralelos geográficos.Le estoy remitiendo los originales y no guardo copia porque no encuentro copiadora apropiada, o no se buscarla.Lamento una vez más la demora pero en esta tierra estoy empezando nuevamente y ya a los 65 años no es fácil, de modo que los tiempos disponibles son cortos.Espero sus comentarios cuando tenga este asunto en la mano.Me despido cordialmente.Luis Javier Artieda


lunes 02/07/2001 7:22
Muy estimado don Luis Javier Artieda:
Le quedo sumamente agradecido por la documentación que me está remitiendo y que estudiaré con la mayor atención. 65 años es la edad de la plena madurez mental, de modo que tiene todo un mundo intelectual por delante.
Muy cordialmente,
Ato del Avellanal.


lunes 09/07/2001 19:24
ESTUDIO JURIDICO RECHTSANWALTSKANZLEI
ATO DEL AVELLANAL LAW OFFICES


Internet:

Muy estimado don Luis Javier Artieda:

Acabo de recibir sus valiosos tres mapas que ha tenido la enorme amabilidad de remitirme juntamente con la copia de su valioso trabajo sobre "Desarme Defensa". Le quedo sumamente reconocido.

Los mapas son de extraordinario valor y de una gran precisión a pesar de la escala.

Cuando se instale el próximo Parlamento tengo el propósito de mover esta materia de tal manera que finalmente pueda darse la ley correspondiente a las líneas de base a que se refiere el artículo 54º de la Constitución. Indicaré que usted es el autor de los mapas que ha tenido la gentileza de remitirme.

Yo le tendré al tanto de las gestiones que realice y en todas ellas haré expresa referencia tanto a sus trabajos como a los tan valiosos mapas por usted preparados de modo que finalmente haya claridad sobre un asunto de tanta importancia, más aún cuando han transcurrido más de 50 años sin que se hayan efectuado estas precisiones que son indispensables para establecer finalmente cuál es el área exacta del Perú de conformidad con el artículo 54º de la Constitución del Estado.

Aprovecho de esta oportunidad para saludarlo y agradecerle muy efusivamente, haciéndole llegar los sentimientos de mi mayor deferencia y estima personal lo mismo que mis más sinceras felicitaciones por su tan valiosa y ardua labor en esta materia que es de importancia nacional.

Muy atentamente,
Dr. Ato del Avellanal

Original Message -----
From: Luis Javier Artieda Carpio
To: LAW OFFICES OF DR. ATO-DEL-AVELLANAL.
Sent: Monday, July 09, 2001 9:00 PM
Subject: Re: Km²_del_Dominio_Marítimo.

Muy estimado Dr. Don Ato del AvellanalHa sido muy grato, para mí, recibir su último mensaje;le deseo el mejor de los éxitos en la labor que sepone sobre los hombros y por mi parte me pongo a susórdenes en aquello que sea útil y posible.Lo saludo muy cordialmente.Luis Javier Artieda Carpio

martes 10/07/2001 0:42
Muy estimado don Luis Javier Artieda:
Muy agradecido.
Le adjunto la parte pertinente del trabajo de don Guillermo Faura Gaig por si no lo tuviera a la mano. Lamentablemente no se adjuntan los mapas.
Muy cordialmente,
Ato del Avellanal

Libro del Almirante Guillermo Faura Gaige en la parte correspondiente al Mar Territorial y la frontera marítima.


GUILLERMO S. FAURA GAIG
VICE-ALMIRANTE A.P.

EL MAR
PERUANO
Y SUS
LIMITES

LIMA-PERU
1977
PROLOGO

La necesidad de contar con un libro que trate en forma integral de todos aquellos asuntos relacionados con "nuestro mar", en cuanto a sus aspectos fundamentales, me indujo a iniciar esta obra concebida con la idea que sirva para difundir los conocimientos sobre el Mar Peruano, escenario en que se aplica el Dominio Marítimo del Perú.

Sin embargo no se pretende que en ella la presentación sea completa; seguramente se han omitido algunos aspectos y otros se traten sin incursionar en los detalles que el científico o el técnico extrañarán, pero creo sí, que se ofrece lo más útil y fundamental para llenar el vacío que actualmente existe y para que el lector pueda tener una visión de conjunto sobre el Mar Peruano como tal y su relación con el Derecho Internacional.

Se intenta pues, que este libro sea de utilidad práctica al alcance del lector, en todos los aspectos que se han tratado de consolidar concernientes a la soberanía peruana en las 200 millas.

En este prólogo se muestra consideraciones generales en torno al tema que nos ocupa y es así que entramos a las cuatro Partes que contiene esta obra.


Tratando de justificar el título de la PARTE I "El Mar frente al Derecho Internacional", se presenta al océano", como el elemento indispensable para la vida de nuestro planeta, no solo en sus aspectos geográficos, sino en cuanto a lo que significa económicamente, ya por los recursos que contiene, sean ellos pertenecientes a las comunidades del mar o a los minerales y otros, que constituyen importantes reservas, o también a las actividades que en él se realizan a través del tráfico marítimo mundial.
El mar representa así los intereses de todas las naciones del mundo porque ven cifradas sus esperanzas de desarrollo y progreso. En él también inciden los aspectos estratégicos y de seguridad.
Las naciones que han dejado gran renombre en la historia del mundo han sido esencialmente marítimas o han sabido darle preponderancia al mar. Las grandes civilizaciones en su gran mayoría tuvieron su origen y se desarrollaron en países marítimos que llevaron por el mar a otras regiones y a otras latitudes sus costumbres, su comercio, su cultura y su misión civilizadora. De ahí, que la idea de dominar el Mar nace en los Pueblos vigorosos y fuertes que quieren irradiar y ampliar el radio de acción de la fuerza dinámica de su comercio, de su cultura, para después trocarla en sus deseos de hegemonía, de do­minio y de grandeza. Esta lucha por el Dominio del Mar abarca gran parte de la Historia del Mundo y se presen­ta con características continuas y permanentes, pero siem­pre mutable y efímera, porque a través de los siglos va cambiando de raza en raza, de país en país.
Unas y otras consideraciones han conducido desde muy antiguo a un grupo de naciones a propiciar límites estrechos de soberanía nacional, cuyas condiciones de países desarrollados les permitía además de los aspectos estratégicos y de seguridad, mayor extensión para la exploración y explotación de los recursos del mar y ahora de los fondos marinos y oceánicos por su potencialidad económica; mientras que otros, en los que prima el concepto económico solamente, optan por límites más amplios que permitan el aprovechamiento de esos recursos para el desarrollo y progreso de sus pueblos. Para conciliar posiciones y establecer un Derecho del Mar se han realizado conferencias internacionales en las que cada Estado defiende sus intereses.
Del obsoleto límite de las "tres millas" se ha llegado al de "200 millas" que hoy existe como criterio preponderante en cuanto a distancia, mas no como coincidencia con respecto a las competencias del Estado ribereño dentro de esa distancia. Las 200 millas se han ido imponiendo a través de declaraciones unilaterales, regionales y continentales de los Estados y corresponde a la América Latina y particularmente al Perú ser el abanderado de los nuevos principios del Derecho del Mar que defendiera en las Conferencias de Ginebra de 1958 y 1960, acompañado por Chile y Ecuador.
En la actualidad se está realizando la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que lleva ya cinco períodos de sesiones, la que todavía no llega a resultados concretos y en la que se trata ya no solamente de la soberanía de los Estados ribereños sobre el mar adyacente a sus costas, sino también de la Zona Internacional de los Fondos Marinos y Oceánicos, que ha sido declarada como patrimonio común de la humanidad por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
En nuestra historia, el mar tiene una influencia dominante. Por el mar descubre Colón la América: por el mar llega Pizarro a las costas de Tumbes para conquistar un imperio; por el mar llega el fraile La Gasca, premunido solamente de un breviario para aplastar la más grande rebelión de esos tiempos; por el mar llegaron las fuerzas que nos ayudaron a romper las cadenas de la esclavitud; y, es en el mar donde se jugaron los destinos de nuestra Patria en las jornadas, unas veces victoriosas y otras penosas y dramáticas, durante el curso de nuestra vida independiente.
El gran escenario donde se realizan estas acciones es en "El Mar Peruano" que presentamos en la PARTE II. El estudio de sus aspectos oceanográficos conduce a establecer un nexo geográfico económico y social con nuestro territorio y el hombre peruano, que permite fun­damentar la “Doctrina Peruana de las 200 millas", como legítimo derecho para el aprovechamiento de los recursos marinos y que también se encuentra avalada por funda­mentos jurídicos y políticos, que iniciándose con el De­creto Supremo Nº 781 de 1º Agosto 1947, se encuentra afianzado por declaraciones regionales y acuerdos inter­nacionales de juristas.
Se reproducen las disposiciones peruanas que establecen el Dominio Marítimo del Perú y para recordar su aspecto histórico, lo iniciamos con el planteamiento de Unánue, quien con gran visión promueve el establecimiento y fomento de la pesca en el Perú.
Termina esta PARTE II, con la "Posición del Perú en las Conferencias Internacionales sobre Derecho del Mar", refiriéndonos así a las Conferencias de Ginebra de 1958 y de 1960 en que acompañados por Chile y Ecuador en virtud de la Declaración de Santiago sobre Zona Marítima de 18 Agosto 1952, sostuvimos los fundamentos de las 200 millas y cuando entonces se calificó al Perú de mantener una posición “extrema", pero que tanto gravitó en las Conferencias de Ginebra y en las reacciones posteriores de los demás Estados y que de no haber sido por la unidad de los tres países, se habría resuelto el Derecho del Mar dentro de límites, angustiosos.
Nos referimos también a las Reuniones de Montevideo y de Lima en 1970, a los Períodos de Sesiones de la Comisión Preparatoria de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y a la propia Tercera Conferencia, que iniciada en Dic. 1973 continúa realizándose hasta ahora, en las cuales el Perú ha mantenido su indeclinable posición, presentando como en las de Ginebra, propuestas y proyecto sosteniendo el mar territorial de las 200 millas, junto con
Ecuador, pero estas veces ya sin Chile que adopta la "zona económica exclusiva" en discrepancia con la Declaración de Santiago sobre Zona Marítima, que fuera ratificada por los tres Gobiernos con el criterio de mar territorial.
La PARTE III trata sobre "Los Límites del Mar Peruano".
En nuestros límites en el Océano Pacífico se observa la inconveniencia de medir las 200 millas sobre los para­lelos geográficos, que se subsana en parte con la Ley de Petróleo y la Resolución Suprema Nº 21 de 12 Enero 1955, pero que se omite incluir el espacio triangular que fren­te a Lomas, Camaná e Ilo con una extensión aproximada­ de 8.560 millas cuadradas (29.360 kms2.), se encuentra ahora en la Zona Internacional, cuando es pertenencia del Perú por cuanto está situado dentro de las 200 millas fren­te a sus costas, ampliación que además, no afecta a nin­gún país por hallarse más allá de las 200 millas de las costas vecinas.
Este espacio triangular de mar, es mayor que la superficie de los departamentos de: Apurimac (20.654,56 kms2.), Huancavelica (21.078,96 kms2.), lca (21.251,39 kms2.), La Libertad (23.241,32 kms2.), Lambayeque (16. 585,90 kms2.), Moquegua (16.174,65 kms2.), Pasco (21.854,07 kms2.), Tacna (14.766,63 kms2.), y Tumbes (4.731,52 kms2.), en cuyas extensiones se incluyen las islas dentro de su jurisdicción.
Con esta ampliación, la extensión del Mar Peruano, o IV Región Natural del Perú, alcanza una superficie aproximada de 877.088 kms2. es decir algo más de las 2/3 partes de la superficie terrestre del Perú; resulta también más extenso que la Selva, más del doble que la Sierra y seis veces mayor que la Costa.
Con nuestros vecinos, Ecuador y Chile, no se ha hecho un tratado o convenio de límites. La declaración sobre Zona Marítima considera un primer criterio de límites al referirse solamente a la zona marítima de las islas que se encuentren a menos de 200 millas de la zona marítima general de otro Estado, indicando que no podrá sobrepasar el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre. Este caso es solo aplicable con el Ecuador que dispone de islas, pero no para el caso de nuestra frontera sur, pues ni el Perú ni Chile disponen de islas que merezcan tal denominación y es entonces que debemos recurrir a la línea media, que es lo justo y equitativo, corno lo contempla la propuesta que desde la Comisión de Derecho Internacional en 1956 recomienda, desechando otros métodos como el paralelo, por su inconveniencia y como sucede en la Conferencia de Ginebra, y en los actuales períodos de sesiones de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar en la que la delimitación de Estados adyacentes es uno de los temas que representan la mayor atención, al considerar la delimitación no solo del mar territorial sino también de la plataforma continental Y de la zona económica exclusiva teniendo en cuenta las diferentes normas propuestas por los Estados, que también se reproducen.
La delimitación de la línea media nos permite ampliar nuestro mar en 34.300 kms2., aprox. (10.000 millas cuadradas), extensión que es mayor aún que la superficie de los departamentos de Lima (33.894,97 kms2.) y de Piura (33.067,12 kms2.) las cuales incluyen las islas dentro de su jurisdicción.
Es fundamental que en este año de 1977, para la fecha de 18 de agosto que se cumple el 25º Aniversario de la Declaración sobre Zona Marítima y cuya celebración será también en Santiago de Chile, se rememoren los criterios que llevaron al Perú, Chile y Ecuador al establecimiento del mar territorial de las 200 millas y sea motivo para tratar de un convenio de límites marítimos.
La PARTE IV contiene 54 ANEXOS a que se hace referencia en el texto, para facilitar las consultas que desee el lector, divididos en las tres Partes de que consta esta obra. Estos documentos son reproducciones ya publicados, tomados de las fuentes que se indican.
Nada de lo que contiene este libro, trata de cuestiones internacionales que no puedan ser conocidas por el lector, pues se refieren a publicaciones y documentos difundidos con anterioridad.

Quiero expresar enfáticamente, que este libro está hecho al servicio del Perú y en defensa de sus intereses, a los que todo peruano debe contribuir, particularmente para quienes como en el caso del autor, ha tenido la oportunidad de representarlo en conferencias y reuniones internacionales desde 1969.
Es justo rendir homenaje en esta obra, al Dr. José Luis Bustamante y Rivero quien siendo Presidente de la República expidió el histórico Decreto Supremo No 781 de 1º Agosto 1947 extendiendo nuestra soberanía y jurisdicción a las 200 millas y al Dr. Enrique García Sayán su Ministro de Relaciones Exteriores entonces. A la memoria del Dr. Alberto Ulloa, quien presidiendo la Delegación del Perú en las Conferencias de Ginebra de 1958 y 1960, luchara tenazmente manteniendo la posición del Perú, así como a quienes colaboraron en dicha representación.
Hoy, ya alejado de las actividades oficiales hago llegar mi reconocimiento a aquellas personas con quienes participé tanto en la Comisión Asesora del Ministerio de Relaciones Exteriores en Asuntos del Mar, como representando al Perú en las Conferencias Cuatripartitas sobre Pesquerías en Buenos Aires, 1969 y 1970; en las Reuniones de Quito, de Montevideo y de Lima, 1970; en los Períodos de sesiones preparatorias de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre, el Derecho del Mar y en la propia Tercera Conferencia.
Esta obra está dedicada con cariño y devoción a la Marina de Guerra del Perú, fiel custodia de nuestra soberanía marítima, a la que serví durante más de 40 años leal y honestamente, en la Escuadra, en la Fuerza Naval del Pacífico Y en la Fuerza Fluvial del Amazonas y la V Zona Naval cuyos Comandos Generales tuve el honor de ejercer, como cuando desempeñara los cargos de Comandante General de la Marina y Ministro de Marina.

Lima, 30 de Mayo de 1977

GUILLERMO S. FAURA GAIG
Vice-Almirante A.P.




GUILLERMO S. FAURA GAIG

NUESTRAS FRONTERAS MARITIMAS

En el Océano Pacífico
Nuestro Decreto Supremo Nº 781 de 1º de agosto de 1947, establece en el párrafo 3º, la demarcación de las zonas de control y protección de las riquezas nacionales ... "sobre el mar adyacente a las costas del territorio peruano en una zona comprendida entre esas costas y una línea imaginaria paralela a ellas y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas (200) millas marinas, medida siguiendo la línea de los paralelos geográficos”.
Para un país cuyas costas tienen la orientación general de los meridianos, N‑S (países verticales), caso de Chile, la distancia de 200 millas hacia el mar, medida siguiendo la línea de los paralelos geográficos, vienen a ser las perpendiculares a sus costas y la figura general de su Zona Marítima corresponde a un rectángulo, dos de cuyos lados abarcan íntegramente1a extensión de sus costas y los otros dos, las 200 millas.
Para el caso de un país cuyas costas siguen la orientación general de los paralelos geográficos, E‑W (países horizontales), caso de Panamá, la "distancia de 200 millas" medida siguiendo la línea de los paralelos geográficos hacia el mar, será mínima.
El caso del Perú, es el intermedio entre los dos anteriores, ya que la orientación general de nuestras costas es aprox. SE‑NW, entre los meridianos 70ºW y 81ºW aprox. Con algún detalle, podemos observar varias secciones de nuestras costas, cuya orientación respectiva y el límite de las 200 millas, "medidas siguiendo el paralelo geográfico", forman diferentes paralelogramos de acuerdo al ángulo de inclinación de las costas. Por ejemplo:

‑ La costa de Tumbes desde Cabo Blanco, se orienta del SW al NE.
‑ De Punta Falsa a Cabo Blanco sigue como dirección general la línea S‑N.
‑ De Paracas a Punta Falsa, 150º ‑ 330º.
‑ De San Juan a Paracas, SE ‑ NW.
- De la frontera con Chile a San Juan, 128º ‑ 308.

Este somero análisis nos lleva a establecer para el caso, varios paralelogramos de los cuales el comprendido entre Punta Falsa y Cabo Blanco, sería rectangular, y por consiguiente, en él, la distancia de 200 millas que­daría "frente" a las costas, es decir, que las perpendicu­lares a ellas coincidirían con el paralelo geográfico para el trazo de cada punto de las líneas de base rectas, que en este caso cerrarían las bahías de Paita y de Sechura.
Lo mismo no sucede en los otros casos, debido a que la distancia de 200 millas se mide "siguiendo la línea de los paralelos geográficos" y por consiguiente, la distancia perpendicular a las costas, es decir “frente" a ellas, para cada punto específico de esos paralelos es menor, en una magnitud que está en relación inversa con la orientación de la costa, o sea, que a mayor incli­nación de la costa conforme esta se aparta de la dirección N ‑ S (meridiano), será menor la distancia en la perpendicular a ella. Por ejemplo, "el límite de 200 millas" sobre el paralelo de Quilca, queda a 90 millas frente a Lomas, y el límite oeste de 200 millas del paralelo de la frontera terrestre con Chile se encuentra a 120 millas frente a Camaná.
Es así que resulta la superficie de nuestra Zona Marítima, disminuida considerablemente por haberse adoptado medir el límite de 200 millas hacia el mar "siguiendo la línea de los paralelos geográficos".
La circunstancia especial de disponer de islas, particularmente las Is. Lobos de Afuera y las Is. Hormigas de Afuera, donde la orientación de la costa es aproximadamente SE ‑ NW, amplía la medida de 200 millas sobre los paralelos geográficos, a una distancia mayor en esas zonas, que corresponden a las 200 millas de las costas insulares.
La Ley de Petróleo (Nº 11780 ‑ 12 Marzo 1952) al definir en el Art. 14º la Zona del Zócalo Continental, dice: “Es la zona comprendida entre el límite occidental de la Zona de la Costa y una línea imaginaria trazada mar afuera a una distancia constante de 200 millas de la línea de baja marea del litoral continental"; y, la Resolución Suprema Nº 23 de 12 de enero de 1955, expresa: "La indicada Zona ‑ Marítima ‑ está limitada en el mar por una línea paralela a la costa peruana y a una distancia constante de ésta de 200 millas náuticas".
En ambos casos se corrige la medida sobre los paralelos geográficos.
En el oficio de remisión al Congreso Nacional de los Convenios de Santiago y de Lima con fecha 7 de febrero de 1955, se transcribe también la parte resolutiva del Decreto Supremo Nº 781 de 1º Agosto 1947 con respecto al cual se indica: "Este Decreto ha sido aclarado por la Resolución Suprema Nº 23, del 12 de enero de 1955, precisando la técnica cartográfica para el trazado de la línea de 200 millas de distancia"" y reproduce también esta Resolución Suprema.
Se solicita así la aprobación parlamentaria simultáneamente, de la Declaración de Santiago y del Decreto en referencia, pero el Parlamento solo accedió al primero. El Dr. Andrés Aramburú Menchaca al tocar este punto, da como fundamento, que era "para evitar que existieran dos normas discrepantes, una con la liberalidad de la libre navegación, contemplada por el decreto y otra con la exigencia de paso inocente que impone la Declaración de Santiago, que es un tratado formalmente concertado por Perú, Chile y Ecuador""; nosotros agregaríamos igualmente, que entre ambos documentos también hay diferencias en cuanto a la forma de medir las 200 millas.
Resulta así que con estos dos conceptos de medida,
se presentan respectivamente superficies marítimas diferentes, de acuerdo al trazo correspondiente que se haga para el mismo límite de 200 millas: una, en el caso del Decreto Supremo No 781, siguiendo la línea de los para­lelos geográficos, o sea conformando paralelogramos, y la otra como criterio reinante en el país y en el consenso de las Naciones, que debe trazarse siguiendo las líneas perpendiculares a la dirección general de la costa, for­mando rectángulos y sectores es decir, 200 millas me­didas en ángulo recto a nuestras costas, o sea "frente” a ellas; de lo contrario la diferencia entre ambas superficies pasaría a ser perteneciente a la Zona Internacional.
Este es el caso concreto del espacio de mar, que en forma triangular, con una superficie aproximada de 8560 millas cuadradas (29.3360,80 kms2) y que queda dentro de las 200 millas peruanas, frente a sus costas, entre Lomas y la frontera terrestre con Chile, se extiende hacia el oeste, mas allá de 200 millas de las costas de Chile y al sur de la prolongación del paralelo de la frontera terrestre, hasta aproximadamente el paralelo de Iquique.
Para cualquier distancia proclamada por el Sistema del Pacífico Sur, desde sus costas hacia el mar adyacente, siempre existirá la figura triangular a que nos referimos en el párrafo anterior, cuya superficie estará en relación directa con la distancia que se tome de las costas: es decir, que, para la soberanía y jurisdicción de 200 millas, la superficie del triángulo LCI es aproxima­damente de 8560 millas cuadradas (29.360,80 kms2) como lo acabamos de indicar; para una distancia mayor de 200 millas el área de dicha figura semejante será también mayor.
La misma Resolución Suprema Nº 23, al delimitar nuestra Zona Marítima, especifica en su párrafo 2: "De conformidad con el inciso IV de la Declaración de San­tiago, dicha línea no podrá sobrepasar a la del paralelo correspondiente al punto en que llega al mar la frontera del Perú". Esta Resolución es indudablemente consecuencia del Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima que fuera firmado el mes anterior. La imprecisión del "paralelo límite" por cuanto no trata de su extensión, nos conduce a esta resolución.
El hecho de que el Perú, Chile y Ecuador hayan limitado el mar adyacente a sus costas a las 200 millas, el paralelo de la frontera terrestre en el sur, asume la distancia de 200 millas para Chile; si el paralelo fuera de extensión indefinida, habíamos puesto el ejemplo de que la zona marítima del Archipiélago de Colón (1s. Galápagos) quedaría limitada al sur por el paralelo de la frontera terrestre con el Ecuador. En el caso del Perú, las 200 millas frente a las costas de Arequipa, Moquegua y Tacna, entre Lomas y la frontera sur, sobrepasan al paralelo de la frontera terrestre por la configuración y orientación de nuestras costas, como ya lo hemos explicado. Refiriéndonos a los vértices del triángulo LCI, tenemos que las 200 millas frente a Lomas, llega al paralelo de la frontera terrestre en el punto L, que dista 365 millas aprox. de la frontera; frente a Camaná, se corta el mismo paralelo a 120 millas en el punto C; y las 200 millas frente a llo, concurren aproximadamente con las 200 millas frente a Iquique en el punto 1, sobre el paralelo de Iquique.
El Decreto Supremo Nº 781 es previsor cuando se refiere a la demarcación de la Zona Marítima, pues indica que el Estado Peruano se reserva el derecho de “modificar dicha demarcación de acuerdo con las circunstancias sobrevinientes por razón de los nuevos descubrimientos, estudios e intereses nacionales que fueren advertidos en el futuro" (párr. 3º del D/S Nº 781); además, el Protocolo de Adhesión a la Declaración sobre Zona Marítima especifica, como hemos visto anteriormente, que, "al adherirse, cada Estado puede determinar la extensión y forma de delimitación de su respectiva zona ‑ marítima ‑ ya ‑sea frente a una parte o a la totalidad de su litoral, de acuerdo con la realidad geográfica peculiar, con la magnitud de cada mar y con los factores geológicos y biológicos que condicionan la existencia, conservación y desarrollo de la flora y fauna marítimas en sus aguas", aspectos todos ellos que coinciden con los fundamentos de¡ mar peruano.
Es con estos fundamentos que debemos modificar nuestra demarcación marítima, ampliando nuestra soberanía y jurisdicción al espacio omitido que se encuentra frente a nuestras costas y dentro de las 200 millas náuticas medidas sobre la perpendicular a las líneas de costa pues de no hacerlo así, dejaríamos de ejercer nuestra soberanía y jurisdicción en él, como ocurre con el espacio de la figura triangular LCI, a que hacemos referencia en el caso particular, ya que esas aguas, su suelo y subsuelo pasarían a pertenecer a la Zona Internacional, cuando se encuentran dentro de las 200 millas de soberanía y jurisdicción del Mar Peruano.
Actualmente aparecen nuestros mapas seccionados a la altura del paralelo 18º30' S, como sucede también con la Carta Batimétrica del Perú publicada por la Dirección de Hidrografía y Faros en noviembre de 1972, en los cuales debe subsanarse esta omisión.
La extensión del Mar Peruano en el Océano Pacífico, medida frente a sus costas, nos da 247.151 millas cuadradas aprox. (847.727,93 kms2), que sumadas con el espacio triangular omitido, 8.560 millas cuadradas aprox. (29.360,80 kms2) obtenemos un total de 255.711 millas cuadradas (877.088,73 kms2).
No tenemos todavía un dispositivo especial que determine las líneas de base a emplear desde donde se mide el mar territorial, pero él debe incluir a todas las islas e islotes a lo largo de la costa que están situadas en su proximidad inmediata y por consiguiente deben adoptarse para el trazado de las líneas de base rectas. A excepción de las islas Lobos de Afuera y Hormigas de Afuera, que están a distancias de 33 y 32 millas de la costa, como estudiáramos en la PARTE II (Plataforma Continental), todas las demás, deben ser incluidas en e! trazado de las líneas de base rectas. El islote Pelado podría también ser una excepción. Las bahías de Paita, Sechura y Paracas, que son las mayores en nuestro litoral, deben contener aguas interiores.
Estas líneas de base propuestas, tienen en cuenta los intereses económicos propios de nuestra zona marítima al incluir las islas guaneras, cuya realidad e importancia está claramente demostrada por el uso muy antiguo de ellas. No se han incluido las Is. Lobos de Afuera y Hor­migas de Afuera, por encontrarse a mayores distancias como lo acabamos de indicar.
El límite exterior de las 200 millas, debe estar cons­tituido por una línea imaginaria cada uno de cuyos pun­tos esté del punto más próximo de la línea de base, a la distancia de 200 millas. Los métodos para trazar el límite exterior los indicamos en la PARTE IV ‑ ANEXOS (Ane­xos a la PARTE I ‑ Glosario del Mar). En el Mapa que presentamos hemos empleado el método poligonal, que nos da un conjunto de líneas rectas Y curvas; las partes convexas hacia el oeste, corresponden a la zona de 200 millas de las Is. Lobos de Afuera y Hormigas de Afuera.

Con Ecuador
El hecho de que el Golfo de Guayaquil quede cerrado geográficamente entre sus límites extremos, Cabo Blanco y la Puntilla de Santa Elena (Ecuador), y por una línea imaginaria de base recta20 que une estos puntos, las aguas al este de dicha línea se convierten en aguas interiores y a partir de ella hacia el oeste se cuentan las 200 millas.
El empleo del paralelo de la frontera terrestre como límite marítimo entre el Perú y Ecuador, por la configuración geográfica de la zona, la presencia de islas, particularmente Puná, Sta. Clara y de la Plata, y la orientación de la línea de base que cierra el Golfo de Guayaquil, guarda de una manera general, cierta relación de equidad referida a los territorios costeros, en comparación al de la frontera sur que veremos a continuación, ya que se aproxima a la línea media.
La distancia de 200 millas sobre el paralelo de la frontera terrestre se cuenta hacia el oeste, a partir de la línea de base recta que cierra el Golfo de Guayaquil, entre Cabo Blanco y la Puntilla de Santa Elena (Ecuador); desde esta línea de base recta hacia el este, siguiendo el paralelo de la frontera terrestre, hasta Boca de Capones, se considera el límite de las aguas interiores de los dos países.
Al estar limitada a 200 millas la extensión del paralelo de la frontera terrestre, permite que la zona de 200 millas del Archipiélago de Colón (Islas Galápagos), se aplique en todo el contorno de este grupo de islas, sin limitaciones del paralelo de la frontera terrestre al cual corta, resultando así la inaplicabilidad del párrafo IV de la Declaración sobre Zona Marítima, para este caso.
En el Decreto Supremo Nº 959‑A, Ecuador21 determina las líneas de base recta para la medición del mar territorial ecuatoriano, hasta la intersección del paralelo de la frontera terrestre. las cuales incluyen todas las islas, entre ellas también la I. de la Plata a 128 millas al norte del paralelo de la frontera terrestre.

Con Chile
Hemos visto que uno de los criterios para la delimitación del mar territorial es por acuerdo entre Estados, pero condicionado a ser delimitado "de conformidad con principios equitativos teniendo en cuenta todas las circunstancias especiales, tales como la configuración de las costas, islas e islotes".
Para el caso de nuestro deslinde marítimo con Chile, emplear como límite el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre, es totalmente desfavorable al Perú ya que en estas circunstancias dejan de ser pertenencia del Perú y por consiguiente no sujetas a nuestra soberanía y jurisdicción, íntegramente las aguas del área de mar que se encuentra al sur de dicho paralelo, frente a las costas peruanas de Arequipa, Moquegua y Tacna, entre Camaná y la frontera terrestre, área que también se encuentra frente a las costas chilenas entre la frontera terrestre y Pabellón de Pica ‑ Pta. Lobos y que se extien­de al oeste hasta las 200 millas.
Sin embargo, por razones de configuración y orientación geográfica, que hemos explicado al tratar de nuestra frontera marítima en el Océano Pacífico, ambos países deberían ejercer condominio en parte de dichas aguas, su suelo y subsuelo; por parte del Perú, al sur del paralelo de la frontera terrestre hasta la perpendicular a la línea de base en su costa fronteriza, en una extensión de 200 millas; por parte de Chile, desde esta línea al norte, hasta 200 millas al oeste de la frontera, o sea también frente a sus costas. Naturalmente, la línea media divisoria de esas aguas y de su suelo y sub‑suelo, debe ser el límite equitativo entre ambos países. El tomar el paralelo de la frontera terrestre sin considerar la configuración y orientación geográfica de las costas, ocasiona la pérdida para el Perú, de aproximadamente 10.000 millas cuadradas (34.300 kms2) de esa área de mar que en forma triangular está comprendida entre el paralelo de la frontera terrestre, la línea media y las 200 millas.
Las 200 millas de extensión del paralelo que pasa por el punto en que llega al mar la frontera terrestre, restringe notablemente la distancia de las 200 millas de nuestro mar, las cuales solo son efectivas desde San Nicolás al norte, disminuyendo inesperadamente hacia la frontera sur. Así las distancias en millas desde los siguientes puntos de nuestra costa hacia el paralelo de la frontera terrestre con Chile en sus 200 millas de extensión, son: Chala 150, Atico 128, Camaná 100, Mollendo 80, llo 40, Sama 20.
Debido a que "se producen con frecuencia de modo inocente y accidental, violaciones de la frontera marítima entre los Estados vecinos", el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima, establece una "zona especial de 10 millas de ancho a cada lado del paralelo límite", y es así que actualmente no nos llamará la atención ver embarcaciones chilenas que se encuentren a 10 millas de Sama, 30 de Ilo, 70 de Mollendo, 90 de Camaná, 118 de Atico, 140 de Chala, lo que no será considerado como violación de las aguas peruanas y que tampoco significa reconocimiento de derecho alguno de esas embarcaciones chilenas para ejercer faena de pesca o caza con propósito preconcebido en dicha Zona Especial. Lo mismo se aplica, en su caso, a las embarcaciones peruanas y ecuatorianas.
Cuando la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile es consultada en 1960, por la Dirección de Fronteras de ese país respecto de la delimitación de la frontera entre el "mar territorial chileno y peruano"22 dice:
Para absolver la consulta formulada por la Dirección de Fronteras es entonces necesario indagar ante todo si hay entre Chile y Perú algún acuerdo específico relativo a su frontera marítima.
Juzga esta Asesoría que es posible afirmar que tal acuerdo existe y, en consecuencia, que a él hay que atenerse, con preferencia a todos los principios del Derecho Internacional, para establecer cuál es la frontera marítima entre los dos países,
En la Declaración sobre Zona Marítima que Chile, Perú y Ecuador suscribieron el 18 de agosto de 1952 hay una estipulación que, aunque no constituye un pacto expreso para determinar el deslinde lateral de los respectivos mares territoriales, parte del entendido de que ese deslinde coincide con el paralelo que pasa por el punto en que la frontera terrestre toca el mar.
Y al referirse al Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima expresa:
"Esta declaración tampoco Importa un pacto por el cual las partes hayan fijado sus deslindes marítimos" 23.
Es decir, que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, se refiere: 1) a la delimitación del mar territorial chileno y peruano, 2) a que es posible afirmar que tal acuerdo existe; 3) a que tanto la Declaración sobre Zona Marítima como el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima no constituye un pacto expreso, ni un pacto, respectivamente. para determinar el deslinde lateral de los respectivos mares territoriales; 4) parte del entendido que ese deslinde coincide con el paralelo.
Tanto la consulta de la Dirección de Fronteras, hecha ocho años después de la Declaración Sobre Zona Marítima, que pone en duda el deslinde marítimo entre los dos países, como la respuesta que conlleva interpretaciones, demuestra la inexistencia de un tratado de límites marítimos.
En la Declaración sobre Zona Marítima, párrafo IV, se hace referencia a que "Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos. Ya hemos visto al tratar de la misma Declaración, los casos extremos, de la distancia de una u otra isla al paralelo de la frontera y hemos concluido en que la magnitud sobre el paralelo, es lo que abarca el segmento del paralelo que corta al circulo de 200 millas de la zona marítima de la isla: Y. que por la proximidad de la isla al continente, ésta puede estar contenida dentro de las líneas de base desde donde se mide el mar territorial y por consiguiente el concepto de la zona marítima de esa isla desaparece.
Y abundando en el tema, coincidimos con la pregunta que se han hecho varias delegaciones en cuanto a la definición de islas, durante los periodos de sesiones de la Comisión Preparatoria de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, en función de su tamaño, proximidad a la costa, y profundidad hacia esta, su constitución y su población o inexistencia de ella, para diferenciarlas de aquellos accidentes geográficos que no merezcan tal denominación. En el Texto Unico oficioso para fines de negociación, presentado por el Presidente de la Segunda Comisión de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar dice en el Art. 132, inc. 3 refiriéndose al Régimen de las islas: "Las rocas que no puedan mantenerse habitadas o que no tengan vida económica propia, no tendrán zona económica exclusiva o plataforma continental" 24.
Nuestras costas insulares solo las encontramos de la Bahía Independencia hacia el norte, ya que hacia el sur no existen islas, salvo pequeños islotes desprendidos de la costa y a escasa distancia, acompañados por lo regular de roquerías que los unen a la costa; además al trazar las líneas de base rectas desde donde se mide el mar territorial, quedaran comprendidos dentro de las aguas interiores. Como ya lo hemos expresado en la PARTE II, al estudiar la plataforma continental, solo a las islas Lobos de Afuera v Hormigas de Afuera, que excepcionalmente se encuentran a 33 y 32 millas de la costa les corresponde zona marítima insular.
Para Chile, la situación al sur de nuestra frontera terrestre hasta 200 millas, es similar, pues las islas que existen con esta denominación, Alacrán, Península Y Serrano25 , así como los islotes, escollos, etc., se encuentran muy próximos a tierra; es el caso que las antiguas islas Alacrán y Serrano se hallan unidas a la costa, desde hace años, por un terraplén que sirve de camino y por un molo de unión de 480 metros de longitud respectivamente, y la Isla Península, "está constituida por un islote pegado y recostado a la costa, a manera de una pequeña península, de cuya circunstancia deriva su nombre”26.
Por consiguiente, quedan normalmente integradas a las costas continentales. La que estaba mas separada de la costa, era la ex –Isla Alacrán 27 a 3½ cables al oeste del Morro de Arica, es decir, a menos de 650 metros de la línea de costa. Esta última tenía solo 2 cables de largo (menos de 370 metros)y una altura de 16 metros.
En consecuencia, considerar cualquiera de estas ex –islas o islotes para establecer la delimitación marítima entre dos Estados, Perú y Chile, que tienen como extensión de sus costas 3.079 y 4.200 kms. respectivamente, no se justifica en absoluto máximo cuando no ha sido considerada otra de las circunstancias especiales que tienen en cuenta los principios equitativos para la delimitación del mar territorial por acuerdo entre Estados, como es, la configuración de las costas a la que ya nos hemos referido.
En cuanto a los títulos históricos, podríamos referirnos en América Latina, al caso del Golfo de Fonseca, cuya boca tiene unas 19 millas entre los cabos Conseguina (Nicaragua) y Amapala (El Salvador) y cuyas aguas bañan también Honduras, que de acuerdo con la sentencia de 1917 dada por la entonces Corte Centro Americana de Justicia, fue reconocido como bahía histórica por su naturaleza jurídica en base a los títulos que desde 1552 le da posición de las aguas en forma continua y acatada por todos los estados.
El régimen jurídico de las aguas históricas, incluidas las bahías históricas, fue motivo de una resolución en la 20a. Sesión plenaria de la Conferencia de Ginebra, aprobada el 27 de abril de 1958 sobre la base de la Primera Comisión, en la que “pide a la Asamblea General de las Naciones Unidas que disponga lo necesario para que se estudie el régimen jurídico de las aguas históricas, incluidas las bahías históricas, y que el resultado de esos estudios sea enviado a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas”. En la Convención sobre el Mar Territorial y la Zona Contigua de dicha Conferencia (1958), no han sido consideradas las aguas históricas, ni las bahías históricas, ni las bahías multilaterales; en el art. 7º inc. 6, excluye el concepto de las bahías llamadas "históricas". El pedido que se hacía en la resolución consideraba que la Comisión de Derecho Internacional preparatoria de la Conferencia de Ginebra "no ha tratado del régimen de las aguas históricas, inclusive las bahías históricas".
Las cuestiones anteriormente mencionadas nos recuerdan el caso de los Estrechos de Tiran Y el Golfo de Akaba (1967), éste último considerado por la RAU como mar cerrado y por consiguiente constituyendo aguas interiores donde no hay paso inocente, ya que este solo corresponde al mar territorial; argumentaba además, que dicho Golfo de Akaba era una bahía multinacional (RAU, Jordania y Arabia Saudita) y que se consideraba como bahía histórica por haber estado bajo el continuo control árabe por casi 1200 años. Israel por el contrario, reclamaba el derecho de paso inocente por los Estrechos de Tiran y el Golfo de Akaba hacia su puerto austral de Elath.

EPILOGO
Existen ciertos elementos de juicio que debemos tener en cuenta para establecer conclusiones con respecto a la delimitación de nuestra frontera marítima del sur, tales como: 1) Ampliación de nuestra demarcación marítima en el Océano Pacífico, 2) La delimitación por el paralelo es desproporcionada, 3) Inexistencia de un tratado de límites, 4) Convenios ratificados, 5) Posición de Chile frente a la Declaración sobre Zona Marítima, 6) Optimas relaciones entre nuestros Gobiernos.

1) Ampliación de nuestra demarcación marítima.‑ En nuestra demarcación marítima, se ha omitido el espacio que en forma triangular, frente a las costas de Arequipa y de Moquegua, entre Lomas e Ilo, dentro de las 200 millas peruanas y fuera de las 200 millas de las costas de Chile, se extiende al sur del paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre con una extensión de 8.560 millas cuadradas aprox. (29.360.80 km2) y que actualmente al no ser considerado dentro de nuestros límites, pasaría a pertenecer a la Zona Internacional, ya que al único país que le corresponde es al Perú, por cuanto está dentro de sus 200 millas, sin que puedan existir aspiraciones de cualquier otro país a dicho espacio por encontrarse a mayor distancia de la indicada.
El párrafo 3º del Decreto Supremo Nº 781 de 1º de agosto de 1947, es previsor, como dijéramos, al referirse a la demarcación de la zona marítima, pues indica que el Estado Peruano se reserva el derecho de “modificar dicha demarcación de acuerdo con las circunstancias sobrevinientes por razones de los nuevos descubrimientos, estudios e intereses nacionales que fueren advertidos en el futuro". Además en el Protocolo de Adhesión se especifica que “cada Estado puede determinar la extensión y forma de delimitación de su respectiva zona ‑ marítima ‑ ya sea frente a una parte o a la totalidad de su litoral...”. Estos son los fundamentos para ampliar la soberanía y jurisdicción de las 200 millas peruanas, al espacio triangular frente a las costas de Arequipa y Moquegua, sin que la ampliación a dicha extensión afecte a otro Estado.

2) La delimitación por el paralelo es desproporcionada.- ­Hemos visto, que considerar el paralelo de la frontera terrestre como límite marítimo con Chile, es una solución completamente inadecuada, porque no toma en consideración la orientación y configuración de las costas de los Estados, y por esa razón fue desechado el paralelo como método para emplearlo como límite por la Comisión de Derecho Internacional preparatoria de la Conferencia de Ginebra de 1958, acordando considerar la línea media, que fuera propuesta en dicha Conferencia y en la actual Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar que se está realizando.
Los departamentos que quedan seriamente afectados, por el límite del paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre, son: Tacna que solo dispone de un mar entre 0 y 40 millas frente a sus costas; Moquegua de 40 a 74 millas y Arequipa desde 74 a 200 millas, esta última distancia que solo corresponde a la estrecha costa comprendida entre Lomas y el límite con el departamento de Ica, en una extensión de 14 millas.
En cambio todo el litoral de Chile, desde el paralelo de la frontera terrestre y de Arica al Sur, disfrutan de 200 millas frente a sus costas.
La distribución equitativa entre ambos países correspondería a la línea media que significa para el Perú una extensión de 10.000 millas cuadradas aprox. (34.300 kms2).

3) Inexistencia de un tratado de límites.‑ También hemos anotado que a pesar de que por el párrafo VI de la Declaración sobre Zona Marítima, "los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú expresan su propósito de suscribir acuerdos o convenciones..." para reglamentar y proteger la caza y la pesca "dentro de la zona marítima que les corresponde"; sin embargo, no se ha suscrito ningún tratado de límites.
En la misma Declaración se hace mención a que la zona de 200 millas de las islas no podrá sobrepasar el paralelo de la frontera terrestre en el punto en que esta llega al mar, pero hemos visto su inaplicabilidad por cuanto ellas pierden su condición de tal para el caso, por estar a menos de 650 metros de costa la más alejada con una longitud de 370 metros la mayor, y unidas a tierra desde hace años por construcciones permanentes, lo que no justifica que ellas se utilicen para la delimitación de dos países, Perú y Chile, cuya extensión de costas alcanzan los 3.079 kms. y 4.200 kms. respectivamente.
La Convención sobre Zona Especial Fronteriza Marítima, hace referencia al “paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países", tornándose de hecho el paralelo como límite, el cual nunca se había tratado hasta la Segunda Reunión de la Comisión Permanente del Pacífico Sur en Santiago, en 1954, y cuando la finalidad de esta Convención era “evitar violaciones de la frontera marítima de embarcaciones de poco porte tripuladas por gente de mar con escasos conocimientos de náutica...
La propia Asesoría Jurídica del Ministerio de Re­laciones Exteriores de Chile en 1960, reconoce que la Declaración sobre Zona Marítima no constituye un pacto expreso para determinar los límites y luego a base de interpretaciones dice que "es posible afirmar que tal acuerdo existe...” y “parte del entendido de que ese deslinde coincide con el paralelo...”
Como no existe un tratado o convenio de límites aparecen las interpretaciones. Además al considerar la delimitación marítima debe ella referirse a los conceptos fundamentales: mar territorial, plataforma continental y zona económica exclusiva ‑ mar patri­monial, temas sobre los cuales se debate en la actual Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Estos conceptos aunque íntima­mente relacionados entre sí, son independientes, como también se presentan en la Declaración de Santiago, la zona marítima (párr. II) y el suelo y subsuelo que a ella corresponde (párr. III).

4) Convenios ratificados.‑ Tanto la Declaración sobre Zona Marítima, como el Convenio sobre Zona Espe­cial Fronteriza Marítima han sido aprobados por los Congresos del Perú, Chile y Ecuador y ratificados por los respectivos Gobiernos con el concepto de mar territorial.
La Declaración sobre Zona Marítima establece todas las características de "mar territorial" y fue en este convencimiento que cada Gobierno lo sometió a la aprobación del Congreso, que el Congreso lo aprobó y que el Ejecutivo lo ratificó.

5) Posición de Chile frente a la Declaración sobre Zona Marítima.- Al tratar este asunto hemos comprobado que el criterio con el que fue ratificada como Ley de la República la Declaración sobre Zona Marítima por el Gobierno de Chile, involucró el concepto de “mar territorial” de acuerdo a las expresiones del propio Presidente de la República al someterla a la aprobación del Congreso; que la Corte Suprema de dicho país tiene como doctrina considerar los tratados como verdaderas leyes y en tal virtud, el Consejo de Defensa del Estado considera que el mar territorial de 3 millas que señala el Art. 593 del Código Civil de Chile se encuentra derogado y que actualmente el mar territorial de Chile es de 200 millas.
No intervendríamos en este asunto que es netamente interno de Chile, de no mediar la Declaración de Santiago sobre Zona Marítima de la cual el Perú es signatario.
En la década de 1970, Chile cambia manifiestamente su posición y sostiene la "zona económica exclusiva" apartándose por consiguiente de la posición que mantienen el Perú y Ecuador, de acuerdo con la Declaración sobre Zona Marítima, quienes esta vez ya no están acompañados por Chile en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar que se está realizando como lo estuvieran en las dos Conferencias de Ginebra de 1958 y 1960.
Estas divergencias han debilitado notablemente el Sistema Marítimo del Pacífico Sur ya que solo dos de los tres Estados cumplen en su totalidad los conceptos de la Declaración sobre Zona Marítima.
La discrepancia de Chile, pone pues en peligro la estabilidad del Sistema Marítimo del Pacífico Sur.

6) Optimas relaciones entre nuestros Gobiernos.- Las noticias de prensa y declaraciones oficiales dan cuenta de la estrecha relación de amistad entre los Gobiernos Militares de nuestro país y de Chile que permitiría el diálogo y conversaciones que lleguen a dar una solución justa y equitativa al asunto que tratamos en circunstancias que también Chile ha adoptado una posición que se aparta de los conceptos establecidos en la Declaración de Santiago sobre Zona Marítima y en ocasión que en la actual Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar se debaten entre los temas, la delimitación de Estados adyacentes.

*
El interés de la Nación por encima de cualquier otra consideración, reclama corregir nuestra delimitación marítima.

*
Aunque no era intención del autor, tratar en este libro, el tema que a continuación nos referimos, no podemos soslayar el asunto: la mediterraneidad de Bolivia, por cuanto de acuerdo a las negociaciones actuales se encuentra íntimamente ligado al Mar Peruano.
Al ampliar nuestra demarcación marítima al espacio triangular, LCI, que se encuentra fuera de las 200 millas chilenas, pero dentro de las 200 millas peruanas, frente a las costas de Arequipa y Moquegua, entre Lomas e Ilo, resultaría que hoy que se está debatiendo la salida al mar de Bolivia, con respecto a la “propuesta boliviana”, a la “contra propuesta chilena” y a la “consulta hecha al Perú”, por Chile, en virtud del Art. 1º del Protocolo Complementario al Tratado de Lima de 3 de junio de 1929, en el supuesto caso que se llegara a materializar "el corredor al norte de Arica", resultaría que Bolivia pasaría a ser de un país mediterráneo, a un país marí­timo enclaustrado entre dos mares: el mar peruano y el mar chileno.
El planteamiento peruano de 19 de noviembre de 1976, en respuesta a la consulta chilena, conlleva una so­lución coincidente con la información publicada en "La Prensa" seis meses antes, en la que "se anuncia el interés de varios organismos internacionales para crear en la zona crítica del problema, sobre el eje de Arica, un polo de desarrollo de importancia continental con la partici­pación de los tres países. La idea no es nueva. Su actua­lización significa colocar el problema sobre su verdadera base... ".
Efectivamente, este diario nacional reproduce el 13 de junio de 1976, una información aparecida en el diario "Hoy" de La Paz (27‑05‑76), bajo el título "Polo de desa­rrollo en el Pacífico Sud", durante la realización de la "Segunda Conferencia Tripartita de Comandantes de las Fuerzas Armadas del Perú, Bolivia y Chile llevada a cabo en Santiago, entre el 24 y el 29 de mayo de 1976, en el que comenta la exposición del representante de Bolivia, General del Aire Luis García Pereira, sobre el tema de la aspiración de su país a la solución del problema mediterráneo­.
En este planteamiento nuestro Gobierno expresa con relación al mar, lo siguiente: "Soberanía exclusiva de Bolivia sobre el mar adyacente al litoral del territorio bajo soberanía compartida" (Comunicado Oficial Nº 30­-76 del Ministerio de Relaciones Exteriores, párrafo 7 inc. c) aparecido en los diarios de la Capital el 30 Nov. 1976).
Entendemos que dicha soberanía sobre el mar adyacente, se extiende al sur de la línea media que parte del punto en que llega al mar la frontera terrestre del Perú y Chile.
Antes de terminar queremos referirnos al pensamiento del Dr. Alberto Ulloa Sotomayor, notable interna­cionalista, que consigna en su obra "Posición Internacional del Perú"28, y cuyos párrafos que se transcriben a continuación nos conducen a meditar en circunstancias en que se debate "el corredor al norte de Arica":

... Chile ha procurado en el fondo y ha querido, principalmente, dar la impresión en todas partes, en Ginebra como en Washington, en Europa como en América, de que la política internacional del Perú le estaba subordinada en virtud de la íntima solidaridad creada para los dos países por el arreglo definitivo de 1929, y que Chile tenía el encargo, tácito pero efectivo, de administrar esa solidaridad.
Todos los que han ejercido la representación diplomática del Perú en el extranjero, en las circunstancias extraordinarias de las conferencias internacionales o en las circunstancias ordinarias de las misiones diplomáticas, saben perfectamente que la acción y la actitud de la diplomacia chilena han procurado, desde hace diez años, tener ese sentido v que han llegado, en algunos casos, o a dar la impresión de que las cosas pasaban efectivamente así o a crear suspicacias respecto de lo que podía considerarse nuestro "sometimiento" a la iniciativa v a la dirección chilena y nuestra adhesión a la política internacional de ese país, principalmente en las cuestiones universales y continentales.
Una de las condiciones para que el Perú alcance una personalidad internacional definida e importante, es que se libre de esta falsa tutela de la diplomacia chilena que tantas manifestaciones ha procurado alcanzar.
Es evidente, y ya lo he dicho en otras oportunidades, que liquidamos por el Tratado de 1929 las consecuencias materiales, jurídicas y morales de la Guerra de 1879; que la amistad entre Chile y el Perú es obra del conocimiento recíproco, cada día más a fondo, que conduce a una colaboración leal y sincera; y que debernos estrechar progresivamente esta colaboración. Pero ello no puede significar, en manera alguna, disminución de nuestra personalidad internacional en beneficio de Chile, limitación de nuestra independencia o de nuestra libertad de acción diplomática, ni obligación de proceder de acuerdo con él, salvo en las cuestiones bilaterales o en aquellas en que expresamente lo hayamos convenido.
La amistad del Perú con Chile debe ser sincera y cordial, pero también comprensiva. La paz y las conveniencias recíprocas pueden tener una sólida vía por la que ambos pueblos hagan juntos, pero en la misma fila, su camino. Es posible, aun cuando poco probable, que en un lejano devenir de la historia, otras generaciones den mayor paso al interés sobre el sentimiento en las relaciones Perú‑chilenas; pero mientras no desaparezcan totalmente las generaciones que hicieron la Guerra o las que recibieron de éstas la tradición oral de los horrores y la tradición escrita de cómo se preparó la agresión y de cómo se quiso prolongarla, en Tacna y Arica, hasta cerca de cincuenta años después de haber cesado las hostilidades militares, la amistad con Chile tendrá que desenvolverse en un campo de dignidad y de vecindad sin intimidad, dentro del cual quepan así como la coordinación de los intereses recíprocos el recuerdo de los agravios sufridos por el Perú como Nación, que las víctimas del injusto sacrificio han nimbado de heroísmo.

Y aun las generaciones del futuro deberán reflexionar largamente sobre la gravitación de la Historia y las demostraciones de los hechos mismos. Una y otras revelan que Chile se ha sentido siempre el émulo y algunas veces el avasallador del Perú; que la geografía política y económica demuestran la existencia de un abismo entre la potencialidad futura de uno y otro país, porque Chile es un confinado geográfico, mucho más lejos que nosotros de las grandes rutas de la civilización, dueño de un territorio pobre, parcialmente valorizado por un esfuerzo efectivo y tesonero, cerrado contra el mar por un flanco de la cordillera, más allá de la cual se tienden o las regiones fluviales de la gran esperanza, o las mesetas andinas de la mayor riqueza o las planicies atlánticas de la fertilidad y del crecimiento.
Entre tanto el Perú es vasto y rico en productos de que Chile carece, ocupa una posición geográfica central que le da una cierta vocación a ser el fiel del equilibrio político; puede recibir de un modo indefinido o el crecimiento, lento y vegetativo pero seguro, de una población mestiza, dentro de los elementos originales, o la implantación de una población mezclada y mejor, como consecuencia de inmigraciones que alguna vez podrán organizarse e instalarse. El valor económico del suelo, como factor de riqueza, favorece mucho más al Perú que a Chile y sobre la riqueza se erigen las superioridades y se apoyan las supremacías.

­El mar mismo, que ha hecho de Chile un país con aspiraciones de potencia marítima y, sin duda, marinero, aventurero y audaz, clama, en el Perú, a lo largo de una costa también inmensa, por la constitución de un poder naval proporcionado con su importancia y necesidades.
Ya una vez la codicia de nuestra riqueza y el afán de adquirir la supremacía marítima, lanzaron a Chile contra nosotros. El mundo evoluciona, la América perfecciona su estatuto jurídico del que puede esperarse que sobreviva a las espantosas convulsiones del Derecho y de la Moral en el mundo a que estamos asistiendo; las generaciones imperialistas en lo político y rapaces en lo económico, van perdiendo la hegemonía, casi el monopolio de que han disfrutado en Chile durante más de un siglo y van siendo reemplazadas, como en otras partes, por generaciones mas imbuidas de un sentido de fraternidad humana. Pero el Perú debe vivir desconfiado y alerta. Puede y debe ser amigo de Chile y poner en esta amistad un sincero deseo de hacerla efectiva y de perpetuarla sin sombras, pero teniendo siempre presente que bajo de ella pueden incubarse, desenvolverse y tomar posiciones otras ambiciones chilenas, en formas en parte previsibles y parte no. En los pliegues del manto de la paz se suelen encubrir las espadas y sería insensato un pueblo que dejara las suyas, mientras el amigo, que puede disfrazar al enemigo, avanzara con la mano tendida pero sin despojarse de aquellas y sin deponer su reflejo en la codiciosa mirada.

NOTAS A LA PARTE III

1. ULLOA, Alberto ..."Posición Internacional del Perú". Lima, Imprenta Torres Aguirre. 1941 ‑ Prólogo p. VII.
2. BUSTAMANTE Y RIVERO, José Luis... "Principios Jurídicos que sustentan la tesis del Perú sobre el Mar Territorial de 200 millas" pp. 15 y 16 ‑ Conferencia en la Universidad Nacional de Ingeniería ‑ Junio 1971.
3. ORREGO VICUÑA, Francisco... "Chile y el Derecho del Mar”. Santiago de Chile, Editorial Andrés Bello, 1972. p. 38.
4. Memoria del Ministro de Relaciones Exteriores 1954 ‑ 1955, Talleres Gráficos P. L Villanueva S. A. ‑ Lima, 1955, p. 158.
5. ALVAREZ, Alvaro ... "Los Nuevos Principios del Derecho del Mar" ‑Biblioteca de Publicaciones Oficiales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de la República, Sección III ‑ CXL, Montevideo, 1969 p. 58.
6. Caso Onassis‑ La flota de Onassis compuesta por 16 barcos con bandera panameña, dirigidos desde el buque factoría "Olimpic Challenger" salió del puerto de Kiel, Alemania, el 4 de agosto de 1954, anunciando que se dirigía a cazar ballenas frente a las costas occidentales de Sud‑America. El 26 de agosto, solo 9 barcos de esta flota zarparon de Balboa con destino al Pacífico Sur.
La Comisión Permanente del Pacífico Sur se reunió extraordinariamente, a iniciativa de Chile, del 4 al 8 de octubre, para tomar acuerdos sobre sistemas de sanciones, medidas de vigilancia y control, otorgamiento de permisos, sobre zona especial fronteriza marítima, para que ellos sean formalmente suscritos como convenios en la Segunda Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, que se decide celebrar en Lima en diciembre de ese año.
De los nueve balleneros, fueron capturados cinco por buques de la Armada Peruana a 126 millas de nuestras costas, incluyendo el "Olimpic Challenger”, durante los días 15 y 16 de noviembre y conducidos al puerto de Paita, en circunstancias de que dos días antes, un titulado representante de Onassís había manifestado en Hamburgo a una agencia noticiosa que la expedición había consumado sus objetivos dentro de la zona de 200 millas reclamada por el Perú y pese a los anuncios de que sería capturada.
El Gobierno Británico en nota entregada al nuestro, expresó su preocupación por el efecto que la detención de los barcos pudiera tener sobre los intereses británicos particularmente de los aseguradores británicos (Lloyd's de Londres) reservándose el derecho de reclamar compensaciones por daños sufridos; mantenía su actitud con respecto al derecho de soberanía y jurisdicción que el Gobierno peruano invoca sobre la zona marítima de 200 millas. Seis días después nuestro Gobierno le da respuesta expresando que los procedimientos y actitud asumidos "constituyen actos de soberanía respecto
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--- Original Message -----
From: Luis Javier Artieda Carpio
To: LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANAL
Sent: Thursday, July 12, 2001 10:54 PM
Subject: Re:_Km²_del_Dominio_Marítimo.

Muy estimado Dr. Don Ato del Avellanal, he recibido su último e-mail relativo al trabajo del Almirante Faura. En mi libro hago referencia a el en la Bibliografía respectiva. Mi opinión sobre ese trabajo, en la parte pertinente, es la siguiente.1- Considero que es un trabajo bastante meticuloso y académico.2.- he logrado entender que el triángulo al que se refiere es el que yo denomino "D" en mi mapa #3, creo entender que el incluye también los triángulos "B" y "C" de mi mapa.La parte a la que él alude es la correspondiente al litoral que va desde Ica hasta el paralelo de Iquique en Chile.3.-Me parece entender que el sector equivalente de mi mapa #3 entre el sur del litoral de Piura y Lima, el lo ignora o lo da por incluido.4.-Su texto demuestra que en 1977 él ya conocía la falta de equidad con que se había aceptado la frontera marítima con Ecuador y Chile.6.-En sus referencias a Ecuador hace alusión a las islas del archipiélago de Colón que están a mas de 1000 Kms. de la costa ecuatoriana en el paralelo 0*; a mi juicio eso contribuye a la confusión pues en mar territorial de esas islas no es tangente con el marterritorial del Ecuador continental y mucho menos con el peruano.7.- Que Faura diga en 1977 "no tenemos todavía un dispositivo especial que determine las líneas de base a emplear desde donde se mide el mar territorial, pero el debe incluir a todas las islas o islotes.....etc" es a mi juicio una "confesión de parte" de quien se presenta como Comandante General y luego como Ministro de la Marina de Guerra del Perú, considero que esa fue su obligación en el desempeño de esos cargos y no puede aducir ignorancia pues daba cátedra en ese tema.8.-En su párrafo "CON ECUADOR" habla con solvencia de las aguas interiores del Golfo de Guayaquil demostrando conocimiento del tema, me sorprende su reconocimiento tácito de mayores derechos al Ecuador cuando en su condición de Ex-Ministro reciente de una de las instituciones tutelares (nada menos que de la marina) escribe para la posteridad y para la jurisprudencia chileno-ecuatoriana:"El empleo del paralelo de la frontera terrestre como límite marítimo entre el Perú y Ecuador, por la configuración geográfica de la zona y la presencia de islas, particularmente Puná, Santa Clara y de la Plata y la orientación de la línea de base que sierra el Golfo de Guayaquil guarda de una manera general, cierta relación de equidad referida a los territorios costeros, en comparación al de la frontera sur que veremos a continuación, ya que se aproxima a la línea media".No es aceptable, para mi como ciudadano peruano, esta forma tibia y entreguista de definir y rendir al oponente una dimensión no definida de las Aguas Interiores peruanas ricas en petróleo, gas natural y fauna marina. Esa "aproximación a la línea media" llega según mis cálculos a los 2300 Km.2 y hasta hoy no existe nada oficial y leal al derecho del Perú que pueda desmentirme.Por otro lado, en la división de aguas interiores la existencia de islas no da preeminencia de derecho al que las posee y lo máximo a lo que puede aspirar es a dividir las aguas entre la isla y tierra firme como si dicha isla fuese parte integral del territorio continental. En otras palabras las aguas deben dividirse estrictamente por mitad y no por "aproximadamente la línea media", muchos geopolíticos chilenos y ecuatorianos deben haberse reído al leer esas frases y se siguen riendo.9.-El párrafo "CON CHILE" es a mi entender excesivamente confuso, el asunto en si es muy claro y hemos perdido, cuando menos, desde 1977 hasta hoy un tiempo valioso; Faura perdió la oportunidad de fijar con seriedad y conocimiento la línea política del Perúen el campo del Mar territorial y sus fronteras, tenía los conocimientos, tenía la facultad, tenía el poder, formó parte del Gobierno Revolucionario del General Juan Velasco Alvarado y se limitó a un texto académico y algo farragoso.10.-En su "EPILOGO"- parr.1-Sugiere (tímidamente para que lo ejecute alguien en no se que futuro) la "ampliación de nuestra demarcación marítima". Solo puedo repetir aquí mi reclamo de peruano al Ex-Ministro que nada hizo y solo "SUGIRIO" al término de su mandato.Parr-2-"La delimitación por el paralelo es desproporcionada".El calificativo "DESPROPORCIONADA" no refleja la irresponsabilidad de quienes han dejado acumular tiempo jurídico a favor de Chile y Ecuador desde una posición académica cuando era su obligación actuar o cuando menos formar conciencia y no contribuir al adormecimiento nacional.11-En ese mismo párrafo nada dice de la limitación real impuesta a nuestros pescadores sureños, nada dice del 14% de pesca perdida en ese mar nuestro en poder ajeno, nada dice del esfuerzo y el gasto de quienes tienen que salir a mayor distancia para pescar mientras los pescadores ariqueños ahorran en tiempo, máquina, combustible y esfuerzo por nuestra incuria.12-Inexistencia de un tratado de límites: lo escribió en 1977 y lo supo como Ministro y Co Gobernante, por que no hizo la respectiva reclamación ante los vecinos y organismos internacionales? No sugiero ni sugerí jamás acciones de fuerza pero el Derecho Internacional existe y el litigio de fronteras tiene mucha jurisprudencia, recordemos el caso de las islas Picton, Lenox y Nueva entre Chile y Argentina. 13-Faura nada dice de la intervención de la Marina en1975, en mi libro hago referencia al asunto en forma tangencial y equivoco el año.En 1975 hice el curso de la Escuela Superior de Guerra, un día cuya fecha no recuerdo fuimos citados a una disertación del Contralmirante Sub-Director, nos informó que llegaba de una conferencia de FF.AA. Latinoamericanas realizada en Chile, se trataron temas bilaterales y Chile planteó al Perú el establecimiento de medidas de confianza entre las fuerzas navales, a resultas de lo cual se estableció un sector de 10 Km. (o millas?) al norte y al sur del "Paralelo en que la línea de la concordia toca el Mar".Al término de su eufórica y triunfal alocución pedí la palabra y le pregunté si había tenido en cuenta la pérdida de mar territorial que eso comportaba y luego de las aclaraciones que necesitó, su respuesta fue una confusa referencia a incidentes de pesca y a la conveniente situación que los ignorantes pescadores, incapaces de hacer cálculos de navegación, tendrían una referencia mas fácil para no meter al Perú en conflictos limítrofes. Hoy los adelantos tecnológicos hacen inútil esa sesión territorial porque con un pequeñísimo aparato enlazado a satélites de navegación ese argumento absurdo ha perdido su ínfimo valor, pero ha producido un efecto jurídico anti-peruano catastrófico. 14-La referencia al pensamiento de Alberto Ulloa Sotomayor me deja perplejo, si le pareció tan importante para copiarlo debió actuar en consecuencia cuando el poder estuvo en su mano.En resumen Dr. Don Ato del Avellanal, aplaudiría el trabajo del Almirante Faura si hubiera sido escrito por un catedrático Universitario, pero en este caso no encuentro congruencia entre lo declarado por escrito y lo actuado como autoridad suprema nacional en el campo de la defensa marítima.Lo saludo muy cordialmenteLuis J Artieda Carpio
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ESTUDIO JURIDICO RECHTSANWALTSKANZLEI
ATO DEL AVELLANAL LAW OFFICES

Carta de respuesta del Ministro de Relaciones Exteriores, al Dr. Del Avellana, en relación al proyecto de líneas de base enviado por el C. de N. Luis Javier Artieda Carpio y que incluía el concepto de “Ensenada del Perú y Ensenada de Arequipa
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MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES


Lima, 08 de ABR. 2002


OF. RE (DSL-AMA) Nº 0-3-A/73
Dominio Marítimo del Perú


Señor
Roberto Ato del Avellanal
Estudio Jurídico Ato del Avellanal
Ciudad.-

Tengo el agrado de dirigirme a usted en relación a su comunicación de 26 de febrero del año en curso, mediante la cual hace llegar a esta Cancillería un Proyecto de Ley para la determinación de las Líneas de Base que permitan medir las 200 millas de dominio marítimo del Perú.

Sobre el particular, hago de su conocimiento que, a fin de dar cumplimiento al artículo 54º de la Constitución Política del Perú que señala que el dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establezca la ley, se han iniciado las coordinaciones técnicas con la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú a fin de elaborar el cronograma de actividades y el presupuesto que permitan realizar los trabajos de campo conducentes a la determinación de las mencionadas líneas de base.

Para efectos de dicho trazado, se deberá tener en consideración lo establecido sobre la materia por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar; cuyas normas son de aplicación general por la comunidad de naciones y constituyen costumbre internacional.

Dichas normas señalan que la línea de base normal para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar a lo largo de la costa; sólo en los casos en que la costa tenga profundas aberturas y escotaduras se utilizan las líneas de base rectas. Asimismo, estas últimas no deben apartarse de una manera apreciable de la dirección general de la costa y deben considerar que las zonas de mar del lado de tierra de esas líneas estén suficientemente vinculadas al dominio terrestre para estar sometidas al régimen de las aguas interiores.

En tal sentido, una vez que se haya procedido al mencionado trazado de conformidad con las normas pertinentes sobre la materia, se procederá a expedir la ley correspondiente que establezca las líneas de base.

Dios guarde a usted,

DIEGO GARCÍA-SAYAN
Ministro de Relaciones Exteriores


-----Mensaje original-----De: Luis Javier Artieda Carpio [mailto:luisjartieda@yahoo.com]Enviado el: Sábado, 13 de Abril de 2002 04:54 p.m.Para: LAW OFFICES OF DR. ATO-DEL-AVELLANAL.Asunto: Re: 200 Millas
Dr. Ato del Avellanal
Dilecto Doctor
He recibido con grata sorpresa la copia de la carta del ministro de Relaciones Exteriores sobre el asunto de las 200 millas de mar territorial que Ud. ha tenido la gentileza de enviarme.
En primer lugar debo decirle que estuve ausente de mi casa cuando me pasó la copia, estaba en un corto viaje sin acceso fácil a computadora alguna, motivo por el que me enteré al regreso. Me apresuro a acusar recibo.
Lo felicito encarecidamente por el enorme triunfo que ha logrado Ud. Dr.; puede decir con justificado orgullo y sin la menor sombra de duda que la imagen del Perú será completa gracias a su tesonera acción.
El Sr. Ministro ha hecho lo que debía hacer y mi sentimiento de peruano es de gratitud hacia El, si estuviera en mi mano lo diría personalmente.
En relación a la referencia que hace a la "Convención del Mar de las Naciones Unidas", ello me produce una doble reacción, por un lado me parece inconveniente que la más alta autoridad en RR.EE. haga una referencia tan directa con a convención que el Perú no adhiere.
En segundo lugar creo que el Congreso será el foro para discutir los pormenores de este vital asunto, y que mejor momento que aquel en que el Sr. Ministro presente el proyecto de Ley que Ud., tan hábilmente, ha impulsado.
Una vez más reciba Ud. mi felicitación y también mi agradecimiento de peruano.
Luis Javier Artieda
domingo 14/04/2002 10:26
Muy estimado don Luis Javier Artieda:Le quedo sumamente reconocido por sus tan generosas líneas. Por lo menos sabemos que ya hay una actividad concreta por parte del Ejecutivo para fijar en definitiva el área concreta del dominio marítimo del Perú.
Aprovecho de esta oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi mayor deferencia y estima personal.
Muy Cordialmente,
Dr. Ato del Avellanal.

ESTUDIO JURIDICO RECHTSANWALTSKANZLEI ATO DEL AVELLANAL LAW OFFICES

Sunrise, 13 de Abril 2002
Doctor Ato del Avellanal
Lima
Dilecto Dr.
Molesto nuevamente su atención para hacerle llegar comentarios adicionales sobre la carta del Sr. Ministro de RR.EE. Diego García Sayan, en relación con el asunto de la Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú.
El primer asunto es que ha surgido en mi una seria duda; el Sr. Ministro habla sobre la Convención del Mar de las Naciones Unidas como de una Ley peruana; estoy al corriente que un tratado internacional firmado y ratificado por el Congreso de la República se convierte en ley nacional y es de cumplimiento obligatorio.
Recuerdo, además, que la famosa Convención del Mar de las Naciones Unidas no ha sido ratificada por el Congreso, por lo menos hasta que me fui del país.
Por otro lado, en la condición de Ministro de RR.EE., conceder validez jurídica a un instrumento internacional en contra de lo establecido por el Congreso y sobre la base de ello dar disposiciones que, de hecho, enhebran intereses territoriales podría ser tipificado como un gravísimo delito en contra de la nación y el estado. Todo ello por supuesto si la famosa Convención no está aun ratificada.
Entiendo que el Ejecutivo tiene facultad para legislar en lo relativo al territorio, pero entiendo también que esa facultad tiene el marco de lo permitido por las facultades del Congreso, no puede el Ejecutivo disponer en materia que el Congreso no ha definido o lo ha hecho en contra, y en este caso la Convención no ha sido aceptada y no ratificada, salvo error de mi parte.
El Dr. García Sayan es un buen funcionario pero dista de ser un estadista, mal estaría el Perú si Don José Luis Bustamante y Rivero hubiera sido tan cumplidor de las "normas pertinentes"; el actual ministro hubiera encontrado validez indudable e indiscutible a la viejísima tradición de las "tres millas" basada en el alcance de los cañones de pólvora negra y las mechas exteriores encendidas con mechero y hoy el Perú no tendría Mar Territorial.
Aunque suene a comercial debo confesarle que mi proyecto "Eureka" fue y es respuesta a la ceguera de los funcionarios encumbrados a dirigentes; la Convención demanda a los países que la integran que "las zonas de mar del lado de tierra de esas líneas estén suficientemente vinculadas al dominio terrestre para estar sometidas al régimen de las aguas interiores" y el proyecto "Eureka" da al Perú la facultad de controlar y mantener una vinculación permanente con mas del 50% del Dominio Marítimo, es perfectamente válido considerar que las "Gran Ensenada del Perú’ y "Gran Ensenada de Arequipa" de mi proyecto de Ley cumplen con el interés del Perú pero no contradicen lo que la comunidad internacional acepta máxime si se considera lo dicho tantas veces, "ningún interés nacional ajeno al peruano está en juego" y García Sayan está donde está para defender el interés del Perú y no otro.
Nada de lo dicho, en esta, contradice mi felicitación a Ud. ni mi sensación de gratitud; considero conveniente alertar al Congreso para que no termine engañado, la ley que planea el Ministro puede aceptarse para dar por terminado el largo lapso de indefinición pero debe quedar claro que no sustenta el tema de la Convención. Lo de las ensenadas podrá ser materia de legislación aparte y ya dentro de un Mar Territorial definido y con dimensión, de hecho puede llevarse a cabo como la ratificación de nuestra soberanía en esa nueva área de nuestro territorio.
Lo saludo nuevamente y le deseo éxito.
Luis Javier Artieda Carpio

domingo 14/04/2002 11:05
Muy estimado don Luis Javier Artieda:Muchas gracias por su E-Mail. El Ejecutivo solamente podrá preparar un proyecto que deberá ser debatido en el Congreso antes de ser ley. Pienso que hay que esperar que se conozca el texto del proyecto para poder efectuar las observaciones correspondientes, las cuales yo podría hacérselas llegar a todos y cada uno de los congresistas, de modo que puedan tener más conocimiento de causa.
En este sentido sería muy valioso si usted pudiera ir preparando un borrador, el cual se afinaría tan pronto se conozca el texto del proyecto del ejecutivo.
Mejor todavía sería si usted preparara ahora una fundamentación que yo se la haría llegar al ministro para que la tenga en cuenta antes de que envíe el proyecto al congreso.
Muy Cordialmente,
Dr. Ato del Avellanal.
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-----Mensaje original-----De: Luis Javier Artieda Carpio [mailto:luisjartieda@yahoo.com]Enviado el: Jueves, 18 de Abril de 2002 08:03 p.m.Para: LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANALAsunto: RE: 200 Millas
Dr. Ato del Avellanal
Dilecto Dr., he tomado en cuenta lo que me dice en su último mensaje y en esa inteligencia he preparado una carta para el Sr. Ministro; en un primer momento le mandaré el texto para su aprobación y /o correcciones pertinentes vía e-mail, considero que el asunto es tan importante que no debo correr el riesgo de cometer un error irreparable.
Cuando Ud. haya aprobado el texto lo pasaré en limpio y lo remitiré a Ud. para que tenga a bién hacerlo llegar a manos del Ministro.
Don Ato le ruego me de la aprobación o sugerencia al procedimiento para remitirle el texto.
Mis mejores saludos a Ud. y familia.
Luis Javier Artieda Carpio

jueves 18/04/2002 23:45
ESTUDIO JURIDICO RECHTSANWALTSKANZLEI ATO DEL AVELLANAL LAW OFFICES
Muy estimado don Luis Artieda:Muchas gracias por su mail. Estoy enteramente a sus órdenes.
Muy Cordialmente,
Dr. Ato del Avellanal
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-----Mensaje original-----De: Luis Javier Artieda Carpio [mailto:luisjartieda@yahoo.com]Enviado el: Jueves, 25 de Abril de 2002 09:29 p.m.Para: LAW OFFICES OF DR. ATO DEL AVELLANALAsunto: RE: 200 Millas
Dr. Ato del Avellanal
como quedé le estoy enviando el borrador de la carta que enviaría al Ministro si Ud. la aprueba.
Muchos saludos.
Luis Javier Artieda Carpio


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Señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú
Dr. Diego García Sayán .
S eño r Ministro :
Me dirijo a Ud. en calidad de autor de la parte técnica del proyecto de Ley de Líneas de Base del Mar Territorial que tu v o a bien hacer llegar a Ud. el Dr. Roberto Ato del Avellanal.
El Dr. Ato del Avellanal, así mismo, me hizo conocer los pasos que al respecto ha tomado su Ministerio.
Ruego a Ud. Señor Ministro acepte mi s más efusivas felicitaciones y sobre todo mi agradecimiento de peruano; muchos años, regímenes y frustraciones han pasado para que el sueño de don José Luis Bustamante y Rivero y de las brillantes mentes que lo acompañaron tome forma definitiva gracias a su comprensión y acción inmediata.
Abuso de su atención para explicar a Ud. Sr. Ministro el punto de vista que condujo a las "Grandes Ensenadas" que ocupan parte importante de mi proyecto.
Desde 1947 a la fecha la tecnología de detección de blancos y plotéo o seguimiento ha mejorado a un ritmo tal que, puede decirse, dejó atrás las previsiones más atrevidas que en su momento consideraron las leyes nacionales y las convenciones internacionales.
El Dr. Bustamante estaba muy lejos de intuir el enorme desarrollo de los radares modernos que son capaces de identificar un pequeño blanco en la superficie de la Luna, no podía imaginar el que hoy los satélites artificiales den información absolutamente precisa a quienes navegan por los mares del mundo pero también a quienes los vigilan por derecho o por poder; esa visión y consecuente decisión alejan a esos hombres de la comunidad de los simples funcionarios y los convierten en estadistas, de ahí su enorme valor nacional.
Con ese notable ejemplo pedí en 1989 a CONCYTEC apoyo para llevar adelante un estudio preliminar sobre mi proyecto EUREKA, esa entidad evaluó mis argumentos y aprobó el pedido.
Ese proyecto, en resumen, recomienda fijar 14 radares de vigilancia en la Cordillera Occidental peruana a una altura promedio de 3000 m.s.n.m
La misión principal de ese sistema es la de garantizar al Perú el control real de mas del 50% del mar territorial.
A partir de ese punto es comprensible imaginar que las "Gran Ensenada del Perú" y "Gran Ensenada de Arequipa" se convierten de hecho en aguas interiores porque:
a.- Sus líneas límites exteriores siguen la dirección natural de la costa.
b.- Las aguas están vinculadas y son controladas sin limitación desde tierra.
c.- Son aguas que solo deben ser transitadas por buques cuyo destino sea un puerto peruano del área.
d.- La reivindicación de soberanía sobre ellas en su condición de aguas interiores garantiza al Perú un verdadero control sobre contrabando y narcotráfico en un área que hoy es casi incontrolada e incontrolable.
Debo añadir Seño r Ministro que el proyecto contempla la intercomunicación de los puntos radáricos con aeropuertos costeros donde aviones guardacostas de interdicción permitirán acción sobre transgresores de la ley en cualquiera de sus formas.
Como puede Ud. apreciar y de acuerdo a mi criterio, la situación actual de la ciencia y tecnología del mar, el aislamiento del Perú respecto a las líneas de internacionales de comunicación marítima, la realidad de nuestra condición de productores "privilegiados" de coca y cocaína, lo dilatado de nuestro litoral, el interés nacional y casos como el del "Pía Vesta" o la fuga marítima de Montesinos conducen a la necesidad de revisión de la política marítima del Perú a nivel nacional para definir la conveniencia o inconveniencia de adherirse a la "Convención del Mar de las Naciones Unidas" o plantear su modificación para incorporar los criterios comentados que nacen de la realidad geográfica y geopolítica de países como el nuestro cuyos mares están a muchos miles de millas de cualquier otro interés nacional ajeno al nuestro.
Me encuentro enteramente a su disposición para colaborar con todos los detalles técnicos relacionados con esta materia.
Quedando a la espera de su respuesta y felicitándolo nuevamente por su patriótica actitud lo saludo respetuosamente.
Luis Javier Artieda Carpio
Capitán de Navío A.P. ®
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Muy estimado don Luis Javier Artieda:
De acuerdo con sus deseos he realizado algunas pequeñas modificaciones en el texto de su carta para el ministro.
Pienso que tendría un mayor impacto psicológico si usted se la remitiera directamente desde USA por correo certificado, indicando igualmente su dirección en ese país para la recepción de la respuesta.
Muy Cordialmente,
Dr. Ato del Avellanal.
From: Luis Javier Artieda Carpio [mailto:luisjartieda@yahoo.com] Sent: Sunday, August 26, 2007 2:36 PMTo: ATO DEL DEL AVELLANALSubject: Proyecto Ley

Dr. Don Ato del Avellanal
Estimado Dr. reciba Ud. y familia mi más cálido saludo.
Por las noticias que recibo a través de la prensa entiendo que el asunto Frontera Marítima ha tomado al fin una dinámica propia, entiendo que el gobierno está dirigido a reclamar jurídicamente el derecho sobre el triángulo fronterizo ante la Corte Internacional de la Haya, por otro lado parece ser que Chile no está quieto y busca apoyo Boliviano a través de una movida política ofreciendo un corredor de salida entre Arica y la frontera con Perú, estas y otras noticias se filtran en un mercado de medios dedicado casi exclusivamente a los problemas de Cuba, México, EE.UU. y la migración de indocumentados. Como Ud. ve Don Ato aquí en Florida el horizonte informativo es abundante pero pobre en lo relativo a nuestro interés.
Le cuento que hace unos días acudí a una reunión a la que fui invitado para hablar precisamente sobre la frontera marítima, fue una pequeña reunión de amigos que terminó algo tarde, al salir me vi. obligado a detenerme en un grifo por gasolina, cuando regresé al vehículo me di con la desagradable sorpresa de no encontrar el archivador con mis documentos. Al llegar a casa revisé mis archivos, incluidos los de la computadora y encontré copia de todos ellos, excepto el proyecto de ley de líneas de base que hace algún tiempo le hice llegar para presentarlo al Sr. Ministro García Sayán; por la situación actual entiendo que este documento es algo de menor importancia, excepto para mi por la relación personal con el ; por este motivo me atrevo a pedirle un señalado favor: si aun tuviera alguna copia en su mano agradecería me enviara una copia de ese proyecto de ley para completar mi archivo personal dado que, como ve, en algunos casos ese archivo me permite actuar con sustento en un medio que desconoce nuestros problemas.
Agradecido de antemano, reitero a Ud. mis sentimientos de amistad.
Luis Javier Artieda Carpio
Master Science Education
lunes 27/08/2007 0:49
ESTUDIO JURIDICO RECHTSANWALTSKANZLEI ATO DEL AVELLANAL LAW OFFICES
Muy estimado don Luis Javier Artieda:
Le quedo muy agradecido por sus líneas y aplaudo efusivamente su incansable y siempre vivo interés en esta materia que, finalmente, comenzó a caminar en forma seria. Usted tiene el honor de ser uno de los más valiosos pioneros que estudió este tema in profundis.
Voy a buscar en mis archivos y, en cuanto lo ubique, me será sumamante grato remitiírselo.
Con la mayor cordialidad,
Dr. Ato del Avellanal.

FIN DE LA CORRESPONDENCIA
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PROLOGO
Edición 1990
El interés por la investigación del Mar Peruano, en lo que comprende desde su soberanía hasta su rol como fuente poco menos que inagotable de recursos, ha marchado paralelo con los acontecimientos que norman la vida y el desarrollo de nuestro país.
Su estudio, que ha llegado páginas de nuestra realidad nacional contemporánea, ha planteado tesis y teorías que muchas veces han echado por tierra incluso verdades que los especialistas en más de una oportunidad creyeron inconmovibles. Por esto, y mucho más, creo que el libro de Javier Artieda que me honro en prologar, agrega al mérito de su contenido el indiscutible acierto de su oportunidad en la aparición. Y es a través de sus páginas que el autor, además de mostrarse como un especialista en la materia, exhibe sus condiciones de didáctico expositor y de conocedor del estilo y del método que nos impone la escritura especializada.
Ninguna sociedad puede hoy día refugiarse tras el telón de sus fronteras, buscando inútilmente que eludir las tensiones y otro tipo de factores que conforman ese tejido de inevitables dependencias que rigen las complicadas relaciones internacionales que viven muchos países.
Artieda, nos va insensiblemente introduciendo en el conocimiento metodológico de categorías analíticas, que conforman el marco referencial que él sabe utilizar hábilmente y que en cierta forma representa la columna vertebral de su obra.
Escribir es siempre dirigirse a alguien, es ejercer una influencia. El portador de la palabra es inevitablemente portador de contenidos ideológicos, fruto casi siempre de su propia cosmovisión, que a su vez se alimenta de estudios, experiencias, intereses, etc.
Así, el conocimiento permite penetrar la realidad, sin recurrir forzosamente a la simplificación aunque teorizando, porque de esta manera también se logra tomar conciencia.
Creo que para temas como el que trata Javier Artieda en este libro, existe un vasto sector de lectores potenciales que muchas veces se alejan insensiblemente de las fuentes del conocimiento, porque el acceso a ellas se les hace cada vez más inalcanzable.
Insisto, como lo he dicho en otras oportunidades, que es obligación de quien escribe un libro, creador de cultura en el sentido amplio de la palabra, llegar a ese lector potencial para hacer de su escrito también una obra de realización humana.
En una sociedad como la nuestra, tan necesitada de una estructura del conocimiento, contribuciones como las de Javier Artieda ayudan a resolver los dilemas fundamentales que plantea, a manera de reto ineludible, el servicio al desarrollo de nuestra Patria, ofreciendo a los diversos grupos sociales la verdad de lo que sucede aquí, en un afán de colaborar en la descolonización de nuestra sociedad.
Quien escribe un libro, por muy modesto que este sea, cumple un papel ideológico y creador, crítico y des-alienante; ejerce un poder de impugnación, combate recetas tradicionales y busca con su propio lenguaje cumplir el rol de un interlocutor social, pero al servicio de una causa que dignifica.
Cuántos factores se orquestan cuando se trata de definir la realidad jurídica de nuestro mar, frente a los rígidos esquemas creados por el Derecho Internacional. Cuántos elementos multipolares, de influencia variada, juegan su rol decisivo en esa dialéctica a veces mal comprendida que es el sentido profundo de lo que significa la soberanía.
Nuestro país vive una crisis del Estado, más que de la sociedad. Una crisis política más que económica. Un repliegue de los valores intelectuales, que a veces parecen abdicar, abandonando el terreno a la violencia irracional y al imperio de la sin razón.
En el Perú, hemos recorrido como sociedad un camino lleno de contradicciones, retrocesos, claudicaciones y conquistas, en el afán de crear una nueva estructura de clases y una nueva forma de relación entre ellas, en la búsqueda incansable de alternativas diferentes para el ejercicio del poder.
Hay crisis en América Latina, se hacen visibles los desajustes históricos en las estructuras sociales, nuevos agentes políticos, insospechados en su mayoría, hacen vibrar a fuerzas populares tradicionalmente apáticas. Se redefinen los conflictos internos y externos, buscando cada uno su lugar en la historia.
La Humanidad emerge de esta realidad y utiliza, entre otros, al Derecho del Mar como un mecanismo de Paz y hermandad entre los hombres.
El libro de Javier Artieda contribuye, sin duda, a este supremo objetivo.
Dr. Ernesto Velit Granda.

INDICE de la PRIMERA ENTREGA

· CARATULA CON:
IMAGEN DEL Dr. José Luis Bustamante y Rivero, Y Mapa del Mar Territorial
· DEDICATORIA
· EXPOSICION 1990
· EXPOSICION ACTUALIZADA - 2007-07-29
· PROLOGO DE LA EDICION DE 1990.
Por el Dr. Ernesto Velit Granda

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